IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN. (BOE-B-2020-20527)
VALENCIA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185
Lunes 6 de julio de 2020
Sec. IV. Pág. 27477
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
20527
VALENCIA
Edicto
Doña Eva María Murciano Vicente, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de Primera Instancia n.° 21 de Valencia, de conformidad con lo previsto
en las artículos 21 y 23 de la Ley Concursal por el presente hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Consecutivo Voluntario
n.° 910/19, de habiéndose dictado en fecha catorce de enero de dos mil veinte por
la Ilma. Sra Magistrado-Juez auto de declaración de concurso Concurso
Consecutivo Voluntario, de Procedimiento Abreviado, de acreedores de Beatriz
Sebastián Vila, con domicilio en calle Escultor Piquer, n.º 44-6, 46019 Valencia.
Se ha nombrado Administrador concursal a D. Martín Carlos Arnal Coll
(Mediador Concursal), con DNI n.º 22524415D, Economista-Forense, Colegiado
n.º 829, domicilio en Paseo Alameda 31 entresuelo – Valencia y correo electrónico
cac@coev.com.
Se hace un llamamiento a los acreedores de la concursada para que ponga en
conocimiento de la administración concursal en la dirección de correo electrónico
que consta en el edicto que se publica en el Boletín Oficial del Estado, la existencia
de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la publicación de esta
declaración de concurso en el BOE, a los efectos de su inclusión en la lista de
acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el
artículo 85 de la Ley Concursal. Asimismo se hace saber que para personarse en
debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.
Se suspende al deudor en su facultad de administración y disposición sobre su
patrimonio, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la
administración concursal designada.
Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para su
publicación en el Boletín Oficial del Estado por el trámite de urgencia, y la
publicación será gratuita en todo caso, y que se hará entrega al Administrador
Concursal D. Martín Carlos Arnar Coll, para su diligenciado y gestión, igualmente
se publica en el tablón de anuncios de este Juzgado, conforme el art 23, LC, de lo
que doy fe.
Valencia, 29 de enero de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Eva
María Murciano Vicente.
cve: BOE-B-2020-20527
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200026946-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 185
Lunes 6 de julio de 2020
Sec. IV. Pág. 27477
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
20527
VALENCIA
Edicto
Doña Eva María Murciano Vicente, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de Primera Instancia n.° 21 de Valencia, de conformidad con lo previsto
en las artículos 21 y 23 de la Ley Concursal por el presente hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Consecutivo Voluntario
n.° 910/19, de habiéndose dictado en fecha catorce de enero de dos mil veinte por
la Ilma. Sra Magistrado-Juez auto de declaración de concurso Concurso
Consecutivo Voluntario, de Procedimiento Abreviado, de acreedores de Beatriz
Sebastián Vila, con domicilio en calle Escultor Piquer, n.º 44-6, 46019 Valencia.
Se ha nombrado Administrador concursal a D. Martín Carlos Arnal Coll
(Mediador Concursal), con DNI n.º 22524415D, Economista-Forense, Colegiado
n.º 829, domicilio en Paseo Alameda 31 entresuelo – Valencia y correo electrónico
cac@coev.com.
Se hace un llamamiento a los acreedores de la concursada para que ponga en
conocimiento de la administración concursal en la dirección de correo electrónico
que consta en el edicto que se publica en el Boletín Oficial del Estado, la existencia
de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la publicación de esta
declaración de concurso en el BOE, a los efectos de su inclusión en la lista de
acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el
artículo 85 de la Ley Concursal. Asimismo se hace saber que para personarse en
debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.
Se suspende al deudor en su facultad de administración y disposición sobre su
patrimonio, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la
administración concursal designada.
Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para su
publicación en el Boletín Oficial del Estado por el trámite de urgencia, y la
publicación será gratuita en todo caso, y que se hará entrega al Administrador
Concursal D. Martín Carlos Arnar Coll, para su diligenciado y gestión, igualmente
se publica en el tablón de anuncios de este Juzgado, conforme el art 23, LC, de lo
que doy fe.
Valencia, 29 de enero de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Eva
María Murciano Vicente.
cve: BOE-B-2020-20527
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200026946-1
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