II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación. (BOE-A-2020-7328)
Resolución de 26 de junio de 2020, de la Subsecretaría, por la que se modifica la de 2 de junio de 2020, por la que se publica la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación, convocado por Resolución de 19 de febrero de 2019.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185
Lunes 6 de julio de 2020
Sec. II.B. Pág. 47909
Cuarto.
Quienes, dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor debidamente
acreditada, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujese
que carecen de alguno de los requisitos señalados en el apartado décimo de la Orden
HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE de 22 de julio), por la que se establecen las bases
comunes que rigen los procesos selectivos para el ingreso o acceso en cuerpos o
escalas de la Administración General del Estado, no podrán ser nombrados funcionarios
en la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación y
quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran
haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
Quinto.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este órgano en el plazo
de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo
establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar asimismo desde el día
siguiente al de su publicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional
contencioso-administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en
caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso–
administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del mismo. Asimismo, la Administración podrá, en su caso,
proceder a la revisión de las resoluciones de los Tribunales, conforme a lo previsto en la
citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 26 de junio de 2020.–El Subsecretario de Ciencia e Innovación, Pablo Martín
González.
ANEXO II
Don/Doña ......................................................................................................................
con domicilio en ....................................................................................................................
y documento nacional de identidad número ......................................... declara bajo
juramento o promete, a efectos de ser nombrado/a funcionario/a de carrera de la Escala
de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación, que no ha
sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se
halla inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.
En ................................................ a .................. de .............................. de 20......
Don/Doña ......................................................................................................................
con domicilio en ....................................................................................................................
y documento nacional de identidad número ......................................... declara bajo
juramento o promete, a efectos de ser nombrado/a funcionario/a de carrera de la Escala
de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación, que no está
sometido/a
a
sanción
disciplinaria
o
condena
penal
que
impida
en ..................................... (nombre del país) el acceso a la función pública.
En ................................................ a .................. de .............................. de 20.....
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2020-7328
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO III
Núm. 185
Lunes 6 de julio de 2020
Sec. II.B. Pág. 47909
Cuarto.
Quienes, dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor debidamente
acreditada, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujese
que carecen de alguno de los requisitos señalados en el apartado décimo de la Orden
HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE de 22 de julio), por la que se establecen las bases
comunes que rigen los procesos selectivos para el ingreso o acceso en cuerpos o
escalas de la Administración General del Estado, no podrán ser nombrados funcionarios
en la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación y
quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran
haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
Quinto.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este órgano en el plazo
de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo
establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar asimismo desde el día
siguiente al de su publicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional
contencioso-administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en
caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso–
administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del mismo. Asimismo, la Administración podrá, en su caso,
proceder a la revisión de las resoluciones de los Tribunales, conforme a lo previsto en la
citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 26 de junio de 2020.–El Subsecretario de Ciencia e Innovación, Pablo Martín
González.
ANEXO II
Don/Doña ......................................................................................................................
con domicilio en ....................................................................................................................
y documento nacional de identidad número ......................................... declara bajo
juramento o promete, a efectos de ser nombrado/a funcionario/a de carrera de la Escala
de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación, que no ha
sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se
halla inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.
En ................................................ a .................. de .............................. de 20......
Don/Doña ......................................................................................................................
con domicilio en ....................................................................................................................
y documento nacional de identidad número ......................................... declara bajo
juramento o promete, a efectos de ser nombrado/a funcionario/a de carrera de la Escala
de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación, que no está
sometido/a
a
sanción
disciplinaria
o
condena
penal
que
impida
en ..................................... (nombre del país) el acceso a la función pública.
En ................................................ a .................. de .............................. de 20.....
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ANEXO III