I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2020-7314)
Real Decreto 567/2020, de 16 de junio, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de la familia profesional Actividades Físicas y Deportivas, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se modifica el Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185

Lunes 6 de julio de 2020

Unidades de competencia acreditadas

Sec. I. Pág. 47760

Módulos de enseñanza deportiva convalidables

Las Unidades de competencia:
• UC1637_2 - Realizar intervenciones hiperbáricas utilizando un sistema
de buceo autónomo (SBA) y/o un sistema semiautónomo (SBSA),
respirando aire o nitrox hasta una presión máxima de cinco atmósferas.
• UC1638_2 - Intervenir en la organización, velar por la seguridad y
concretar itinerarios subacuáticos en operaciones de buceo deportivo.
• UC1639_2 - Conducir a un equipo de buceadores deportivos durante
una intervención hiperbárica hasta cinco atmósferas.
• UC0272_2: Asistir como primer interviniente en caso de accidente o
situación de emergencia.

Permiten la convalidación de:
• MED- ASBD105- Formación práctica.»

Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 933/2010, de 23 de julio, por el que
se establecen los títulos de Técnico Deportivo en las disciplinas hípicas de salto, doma y
concurso completo y Técnico Deportivo en las disciplinas hípicas de resistencia, orientación
y turismo ecuestre, y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
Se modifica el Real Decreto 933/2010, de 23 de julio, por el que se establecen los
títulos de Técnico Deportivo en las disciplinas hípicas de salto, doma y concurso completo
y Técnico Deportivo en las disciplinas hípicas de resistencia, orientación y turismo
ecuestre, y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso, que queda
redactado como sigue:
1. Se modifica el apartado 1 del artículo 9, que queda redactado de la siguiente
forma:
«1. El ciclo inicial de grado medio en hípica incluye las siguientes unidades de
competencias de la cualificación de Iniciación deportiva en hípica y ecuestre
AFD505_2:
a) UC1646_2: Concretar, dirigir y dinamizar sesiones secuenciadas de
iniciación deportiva hípica y ecuestre.
b) UC1647_2: Dinamizar acciones de promoción y acompañamiento a jinetes/
amazonas en eventos y competiciones de hípica y ecuestres.»
2.

Se modifica el anexo XIII A, que queda redactado de la siguiente forma:
«ANEXO XIII A
Correspondencia de los módulos de enseñanza deportiva con las unidades
de competencia para su acreditación

El módulo de:
• Prueba RAE-HIHI101, de carácter específico para el acceso a las
enseñanzas de ciclo inicial de grado medio en hípica.
Los módulos de:
• Prueba RAE-HIHI101, de carácter específico para el acceso a las
enseñanzas de ciclo inicial de grado medio en hípica.
• MED-HIHI102: Transporte y mantenimiento físico del caballo pie a
tierra.
• MED-HIHI103: Hipología.
• MED-HIHI107: Formación práctica.

Unidades de competencia del CNCP acreditables

Acreditan la unidad de competencia de:
• UC1080_2: Dominar las técnicas básicas de monta a caballo.
Acreditan las unidades de competencia de:
• UC0719_2: Alimentar y realizar el manejo general y los primeros
auxilios al ganado equino.
• UC0720_2: Efectuar la higiene, cuidados y mantenimiento físico del
ganado equino.

cve: BOE-A-2020-7314
Verificable en https://www.boe.es

Módulos de enseñanza deportiva superados