I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2020-7314)
Real Decreto 567/2020, de 16 de junio, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de la familia profesional Actividades Físicas y Deportivas, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se modifica el Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185

Lunes 6 de julio de 2020

Sec. I. Pág. 47821

Contenidos:
1. Acompañamiento en eventos y competiciones de escalada en el nivel de iniciación deportiva.
Teoría y metodología de la competición en escalada. Normativa y reglamento.
Tipos de eventos y competiciones de escalada en el nivel de iniciación deportiva.
Protocolo, técnicas de motivación y acompañamiento y ceremonial deportivo.
2. Técnicas de organización de eventos y competiciones de escalada en el nivel de
iniciación deportiva.
Acciones de organización de competiciones y eventos de escalada en el nivel de iniciación
deportiva.
Documentación, publicidad y medios de comunicación. Divulgación de los resultados deportivos.
Los usos sociales de los bienes deportivos. La comunicación de los ofertantes de servicios. Políticas de precios. Tramitación de permisos y licencias para eventos y competiciones de escalada en el nivel de iniciación deportiva. Valoración de eventos y competiciones
de escalada.
3. Normativa y reglamentación aplicable en iniciación deportiva en escalada.
Reglas de competición. Reglas locales en las competiciones de escalada. Normativa aplicable en materia de Igualdad de Oportunidades.
Parámetros de contexto de la formación:
Espacios e instalaciones:
Los talleres e instalaciones darán respuesta a las necesidades formativas de acuerdo con
el contexto profesional establecido en la unidad de competencia asociada, teniendo en
cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos, salud laboral,
accesibilidad universal y protección medioambiental. Se considerará con carácter orientativo como espacios de uso:

1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionadas con la dinamización de acciones de promoción y acompañamiento a deportistas en eventos y competiciones de
escalada, que se acreditará mediante una de las formas siguientes:
– Formación académica de nivel 1 (Marco Español de Cualificaciones para la Educación
Superior) o de otras de superior nivel relacionadas con el campo profesional.
– Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.
2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.

cve: BOE-A-2020-7314
Verificable en https://www.boe.es

– Taller de 4,5 m² por alumno o alumna.
– Instalación de 2 m² por alumno o alumna.
Perfil profesional del formador o formadora: