IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-20561)
OVIEDO
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185

Lunes 6 de julio de 2020

Sec. IV. Pág. 27511

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

20561

OVIEDO

EDICTO
Doña María Amor Rodríguez Díaz, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo, por el presente,
Hago saber:
1.º-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 144/20 (NIG
33044 47 1 2020 0000275), el Sr. Magistrado Don Alfonso Muñoz Paredes ha
dictado en fecha 19/06/20 AUTO, que no es firme, declarando en concurso
conjunto voluntario ordinario a los deudores Grama Formularios, S.A. (CIF: A33125667) y Grama Tecnologica, S.L. (CIF: B-74213653), ambos con domicilio a
efectos de instar la declaración voluntaria de concurso en LLanera, Asturias.
2.º-Se ha nombrado como Administrador concursal a LBL Restructuring,
S.L.P., quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la
comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier
otro acto de comunicación con la Administración concursal, el siguiente domicilio
postal: C/ Uría, número 46, 3.º D, 33003 de Oviedo, y la siguiente dirección
electrónica: acreedores@lblpartners.es, pudiendo dirigir los acreedores
concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno
u otro, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que podrá no tener por
bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencias que de ello pueden
derivarse en la clasificación del crédito comunicado.
El horario de atención al público facilitado por la Administración Concursal es:
De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 19:00 horas.
Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración Concursal
en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este
edicto en el BOE., y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los
requisitos previstos en el artículo 85 de la Ley Concursal.
3.º-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y
disposición del deudor por la Administración Concursal designada, mediante su
autorización o conformidad.

Oviedo, 29 de junio de 2020.- La letrada de la administracion de Justicia, María
Amor Rodríguez Díaz.
ID: A200027092-1

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4.º-Señalar a cualquier interesado en personarse en los concursos de Grama
Formularios, S.A. (CIF: A-33125667) y Grama Tecnológica, S.L. (CIF: B74213653), que podrá hacerlo en ambos o sólo en uno de ellos. A tales efectos
señalar que el concurso de Grama Formularios, S.A., se sigue en este Juzgado
con el número 144/20 y el concurso de Grama Tecnológica, S.L., se sigue en este
Juzgado el con el número 292/20.