IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN. (BOE-B-2020-20482)
JAÉN
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185
Lunes 6 de julio de 2020
Sec. IV. Pág. 27432
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
20482
JAÉN
Edicto
El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 3 de Jaén,
Anuncia
1.º-Que el procedimiento concursal número 309/2019 referente al concursado
D.ª Yolanda Merino Quesada, con NIF n.º 26019447F y al concursado D. Octavio
Martos Caño, con NIF n.º 38125948K, por auto de fecha 25/02/2020 se ha
declarado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones.
2.º-Se aprueban las cuentas presentadas por la Administración Concursal.
3.º-Se concede a los deudores D.ª Yolanda Merino Quesada y D. Octavio
Martos Caño, con carácter provisional, el beneficio de la exoneración del pasivo
insatisfecho.
4.º-Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y
disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se
contengan en la sentencia firme de calificación.
Jaén, 1 de julio de 2020.- Letrada de la Adminitración de Justicia, María
Inmaculada Barea Cobo.
cve: BOE-B-2020-20482
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200026963-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 185
Lunes 6 de julio de 2020
Sec. IV. Pág. 27432
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
20482
JAÉN
Edicto
El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 3 de Jaén,
Anuncia
1.º-Que el procedimiento concursal número 309/2019 referente al concursado
D.ª Yolanda Merino Quesada, con NIF n.º 26019447F y al concursado D. Octavio
Martos Caño, con NIF n.º 38125948K, por auto de fecha 25/02/2020 se ha
declarado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones.
2.º-Se aprueban las cuentas presentadas por la Administración Concursal.
3.º-Se concede a los deudores D.ª Yolanda Merino Quesada y D. Octavio
Martos Caño, con carácter provisional, el beneficio de la exoneración del pasivo
insatisfecho.
4.º-Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y
disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se
contengan en la sentencia firme de calificación.
Jaén, 1 de julio de 2020.- Letrada de la Adminitración de Justicia, María
Inmaculada Barea Cobo.
cve: BOE-B-2020-20482
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200026963-1
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