IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-20273)
ZARAGOZA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184
Sábado 4 de julio de 2020
Sec. IV. Pág. 27204
De conformidad con la disposición adicional 2.ª del Real Decreto 463/20, de 14
de marzo, por el que se declara el estado de alarma, se suspenden términos y se
suspenden e interrumpen los plazos procesales para todos los órdenes
jurisdiccionales. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que
pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las sucesivas prórrogas.
Zaragoza, 6 de mayo de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia,
Tomasa Hernández Martín.
cve: BOE-B-2020-20273
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200026582-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 184
Sábado 4 de julio de 2020
Sec. IV. Pág. 27204
De conformidad con la disposición adicional 2.ª del Real Decreto 463/20, de 14
de marzo, por el que se declara el estado de alarma, se suspenden términos y se
suspenden e interrumpen los plazos procesales para todos los órdenes
jurisdiccionales. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que
pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las sucesivas prórrogas.
Zaragoza, 6 de mayo de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia,
Tomasa Hernández Martín.
cve: BOE-B-2020-20273
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200026582-1
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X