IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-20271)
VALENCIA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184
Sábado 4 de julio de 2020
Sec. IV. Pág. 27200
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
20271
VALENCIA
Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada Admon. Justicia del Juzgado de
lo Mercantil núm. 4 de Valencia, por el presente,
Hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm.
000439/2020, habiéndose dictado en fecha 25 de junio de 2020 por el Ilmo/a. Sr/a.
Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Valencia auto firme de
conclusión de concurso VOLUNTARIO, cuya parte dispositiva es del siguiente
tenor:
Parte Dispositiva
1.-Se tiene por personado y por parte a la mercantil GNOMOSTUDIOS, S.L., y
en su representación al Procurador Sr./a. Alonso Gimeno, Esperanza, en virtud del
poder especial que se aporta, con quien se entenderán las sucesivas diligencias
en la forma prevenida por la Ley, y por solicitada la Declaración de Concurso
Voluntario de Acreedores.
2.-Se admite a trámite dicha solicitud y se Declara el Estado de Concurso
Voluntario de la mercantil GNOMOSTUDIOS, S.L., con domicilio en Xirivella, C/
Jaime García Soria, n.º 20, bajo (46950 Valencia), CIF número B98845597, inscrita
en el Registro Mercantil de esta Provincia de Valencia, al tomo 10160, folio 189,
hoja V-172067.
3.-Procédase a la publicidad de esta declaración de concurso, expidiéndose al
efecto los oportunos edictos que se insertarán en el Tablón de anuncios del
Juzgado y en el BOE, acordando expresamente que el diligenciamiento de este
despacho tenga caracter gratuito.
Asimismo se acuerda librar oficio con el edicto de publicidad de esta resolución
al Registro Publico Concursal desarrollado por el RD 892/2013, que será
entregado al Procurador del solicitante del concurso, al no poder ser remitido
electrónicamente ni telemáticamente por el Juzgado, conforme a lo dispuesto en
los arts. 7 y 8 del mencionado Real Decreto.
4.-Se Declara Concluso el Concurso de Acreedores de la mercantil
GNOMOSTUDIOS, S.L., por inexistencia o insuficiencia de masa activa para el
pago de créditos contra la masa, cesando todos los efectos de la declaración del
concurso.
6.-Una vez firme, expídase por la Sra. Letrada de la Administración de Justicia
mandamiento por duplicado ejemplar de la presente al Registro Mercantil de la
Provincia de Valencia, o registro público correspondiente donde esté inscrita la
deudora concursada, al que se adjuntará testimonio de la firmeza de la presente
resolución, a fin de que se verifique la oportuna anotación registral de la
declaración del concurso y de la conclusión del mismo y extinción de la persona
jurídica del deudor, debiéndose proceder al cierre de la hoja de inscripción de la
concursada en el Registro. Todos los despachos se entregarán al Procurador de la
cve: BOE-B-2020-20271
Verificable en https://www.boe.es
5.-Se acuerda la extinción de la mercantil GNOMOSTUDIOS, S.L.,
decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción.
Núm. 184
Sábado 4 de julio de 2020
Sec. IV. Pág. 27200
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
20271
VALENCIA
Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada Admon. Justicia del Juzgado de
lo Mercantil núm. 4 de Valencia, por el presente,
Hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm.
000439/2020, habiéndose dictado en fecha 25 de junio de 2020 por el Ilmo/a. Sr/a.
Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Valencia auto firme de
conclusión de concurso VOLUNTARIO, cuya parte dispositiva es del siguiente
tenor:
Parte Dispositiva
1.-Se tiene por personado y por parte a la mercantil GNOMOSTUDIOS, S.L., y
en su representación al Procurador Sr./a. Alonso Gimeno, Esperanza, en virtud del
poder especial que se aporta, con quien se entenderán las sucesivas diligencias
en la forma prevenida por la Ley, y por solicitada la Declaración de Concurso
Voluntario de Acreedores.
2.-Se admite a trámite dicha solicitud y se Declara el Estado de Concurso
Voluntario de la mercantil GNOMOSTUDIOS, S.L., con domicilio en Xirivella, C/
Jaime García Soria, n.º 20, bajo (46950 Valencia), CIF número B98845597, inscrita
en el Registro Mercantil de esta Provincia de Valencia, al tomo 10160, folio 189,
hoja V-172067.
3.-Procédase a la publicidad de esta declaración de concurso, expidiéndose al
efecto los oportunos edictos que se insertarán en el Tablón de anuncios del
Juzgado y en el BOE, acordando expresamente que el diligenciamiento de este
despacho tenga caracter gratuito.
Asimismo se acuerda librar oficio con el edicto de publicidad de esta resolución
al Registro Publico Concursal desarrollado por el RD 892/2013, que será
entregado al Procurador del solicitante del concurso, al no poder ser remitido
electrónicamente ni telemáticamente por el Juzgado, conforme a lo dispuesto en
los arts. 7 y 8 del mencionado Real Decreto.
4.-Se Declara Concluso el Concurso de Acreedores de la mercantil
GNOMOSTUDIOS, S.L., por inexistencia o insuficiencia de masa activa para el
pago de créditos contra la masa, cesando todos los efectos de la declaración del
concurso.
6.-Una vez firme, expídase por la Sra. Letrada de la Administración de Justicia
mandamiento por duplicado ejemplar de la presente al Registro Mercantil de la
Provincia de Valencia, o registro público correspondiente donde esté inscrita la
deudora concursada, al que se adjuntará testimonio de la firmeza de la presente
resolución, a fin de que se verifique la oportuna anotación registral de la
declaración del concurso y de la conclusión del mismo y extinción de la persona
jurídica del deudor, debiéndose proceder al cierre de la hoja de inscripción de la
concursada en el Registro. Todos los despachos se entregarán al Procurador de la
cve: BOE-B-2020-20271
Verificable en https://www.boe.es
5.-Se acuerda la extinción de la mercantil GNOMOSTUDIOS, S.L.,
decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción.