I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Medidas financieras. (BOE-A-2020-7279)
Resolución de 3 de julio de 2020, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017 de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 4 de julio de 2020

Sec. I. Pág. 47541

Vida media de la
operación (Meses)

Tipo fijo anual
máximo (Puntos
porcentuales)

Diferencial máximo
sobre euríbor 12 meses
(Puntos básicos)

Diferencial máximo
sobre euríbor 6 meses
(Puntos básicos)

Diferencial máximo
sobre euríbor 3 meses
(Puntos básicos)

Diferencial máximo
sobre euríbor 1 mes
(Puntos básicos)

132

0,53

55

63

67

73

144

0,58

56

63

68

73

156

0,68

63

70

74

80

168

0,75

67

74

78

83

180

0,82

70

78

81

86

192

0,85

71

79

82

87

204

0,88

73

81

83

89

216

0,92

77

84

86

92

228

0,97

80

87

90

95

240

1,02

83

91

93

98

252

1,07

89

96

98

103

264

1,09

91

99

100

105

276

1,12

94

102

103

108

288

1,15

98

105

106

111

300

1,18

101

108

109

114

312

1,22

105

112

113

118

324

1,24

108

115

116

120

336

1,26

111

118

119

123

348

1,28

113

120

121

125

360

1,30

116

123

124

128

La base utilizada para el cálculo del tipo fijo anual máximo contenido en la tabla
superior es la base Actual/Actual. En el caso de utilizarse una base distinta de la anterior
deberá hacerse el oportuno ajuste.
En aquellas operaciones a tipo fijo con plazo de devengo de intereses distinto al año,
el tipo fijo máximo deberá calcularse como el tipo equivalente al tipo fijo anual para el
periodo de devengo considerado.
Los tipos de interés fijos y diferenciales máximos aplicables para operaciones cuya
vida media exacta no se encuentre publicada en la presente tabla se hallarán por
interpolación lineal entre los dos tipos o diferenciales más cercanos al plazo medio de la
operación.
Sobre estos tipos de interés fijos o diferenciales sobre euríbor, se podrán aplicar los
diferenciales máximos contenidos en el anexo 3 de la Resolución de 4 de julio de 2017
de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio
de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y entidades locales.
Dados los actuales niveles de coste de financiación del Estado, en el caso de las
operaciones de préstamo, si el coste total máximo al que se refiere el apartado tercero
de la citada Resolución fuera negativo, podrán formalizarse préstamos a un tipo del 0 %.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2020-7279
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 184