III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2020-7299)
Resolución de 2 de julio de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Nacional de Educación a Distancia y el Ministerio de Justicia, para el diseño e implantación de las pruebas de acceso a la abogacía y a la procura online.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 4 de julio de 2020

Sec. III. Pág. 47659

competencia de los Ministerios de Justicia y de Educación convocar la prueba de
evaluación de aptitud para el ejercicio de la profesión de la Abogacía y a la Procura.
2. Sin perjuicio de lo anterior, y a tenor de lo establecido en el Real
Decreto 595/2018, de 22 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica
de los departamentos ministeriales, la competencia en materia universitaria competía al
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, a través de la Secretaría General de
Universidades.
3. Y a tenor de lo establecido en el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el
que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y en el
Real Decreto 431/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio de Universidades, en la actualidad, la competencia en materia
universitaria se atribuye al Ministerio de Universidades, a través de la Secretaría General
de Universidades.
4. Que a propuesta conjunta de los Ministerios de Justicia y Ciencia, Innovación y
Universidades, se dictó por la Ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e
Igualdad, la Orden PCI/1261/2019, de 26 de diciembre, por la que se convocaba la
prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de
Abogado/a para el año 2020 (BOE de 28 de diciembre de 2019).
5. Que con fecha 28 de febrero de 2020 se publicó en la página web del Ministerio
de Justicia la Resolución de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia
convocando a los aspirantes para realizar la prueba de aptitud para la profesión de la
Abogacía, el sábado 28 de marzo de 2020, a las 9:30 horas, en las diferentes sedes.
6. Que con fecha 10 de marzo de 2020 se dictó Resolución por la Dirección
General para el Servicio Público de Justicia, acordando el aplazamiento de la realización
de la prueba de acceso a la Abogacía, atendiendo a la incidencia que estaba teniendo en
la población el contagio del coronavirus y el número de solicitantes que se desplazarían
a España, provenientes de determinados países en los que la difusión del COVID-19 ha
obligado a adoptar medidas extraordinarias de contención, con objeto de evitar riesgos
innecesarios.
7. Con fecha 14 de marzo se publicó en el «Boletín Oficial del Estado», el Real
Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma para la
gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que ha sido
objeto de cinco prórrogas, la última, por Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, hasta
las 00:00 horas del día 7 de junio de 2020; y, en este sentido, la evolución de la crisis
sanitaria que se desarrolla en el marco del estado de alarma, obliga a adaptar y
concretar de manera continua las medidas adoptadas, para asegurar la eficiencia en la
gestión de la crisis.
Las limitaciones que son consecuencia de la declaración del estado de alarma
determinan la imposibilidad de realizar la prueba de evaluación en los términos en los
que estaba previsto y en estos momentos no es posible determinar una fecha para su
celebración de manera presencial por el carácter dinámico y el contexto de elevada
incertidumbre que caracteriza la evolución de esta crisis sanitaria mundial, lo que obliga
a extremar la prudencia. En el momento en que la evolución de la crisis sanitaria lo
permita, se levantará del estado de alarma y atendiendo a lo manifestado por las
autoridades sanitarias nacionales e internacionales, es previsible que las medidas de
distanciamiento social hayan de mantenerse incluso con posterioridad a la eliminación de
las restricciones a la movilidad.
8. Con fecha 11 de mayo de 2020 se dictó Resolución por la Dirección General
para el Servicio Público de Justicia para alzar la suspensión de la celebración de la
prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de la
Abogacía para el año 2020 y se ha convocado para el día 4 de julio de 2020 de manera
online.
9. Para la celebración de la prueba de evaluación de la aptitud profesional para el
ejercicio de la profesión de la Abogacía, de manera online, el Ministerio de Justicia,
necesita una plataforma adecuada para su realización. Y esta plataforma también podrá

cve: BOE-A-2020-7299
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 184