IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-20251)
BARCELONA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184

Sábado 4 de julio de 2020

Sec. IV. Pág. 27180

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

20251

BARCELONA

Don José Vela Pérez, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado
de lo Mercantil n.º 06 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de
declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:
Número de asunto. Concurso abreviado 926/2020 Sección: D
NIG: 0801947120198017327
Fecha del auto de declaración. 3 de Junio de 2020.
Clase de concurso. Voluntario/Abreviado.
Entidad concursada. CYAN SUMINISTROS INTEGRALES, S.L., con NIF
B63928162.
Administradores concursales.
Se ha designado como administrador concursal:
POLARIS SERVICIOS JURIDICOS, S.L.P., quien designa a FRANCISCO
JAVIER FRESNO CONTRERAS.
Dirección postal: Calle Pintor Moreno Carbonero, n.º 12, bajo A, 28028 Madrid.
Número de teléfono 93.523.02.27,
Dirección de correo electrónico concursos@polarisabogados.com
Régimen de las facultades del concursado. intervenidas.
Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a
la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes
señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior
reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal
(LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.
La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida
Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edificio C, planta 12 - Barcelona.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las
resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es
Barcelona, 5 de junio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, José
Vela Pérez.
ID: A200026580-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-B-2020-20251
Verificable en https://www.boe.es

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer
en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de
abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de
Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.