III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2020-7238)
Resolución de 23 de junio de 2020, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Organización de Productores de Pesca Fresca del Puerto y Ría de Marín, en el marco de la convocatoria del programa Pleamar 2018, de la Fundación Biodiversidad del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 183
Viernes 3 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 47324
número 488 de su Protocolo, con NIF G36044790 domiciliada en Puerto Pesquero, s/n,
Edificio Anexo Lonja, 36900 Marín (Pontevedra).
EXPONEN
Primero.
Que la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en su
artículo 34.1, establece que los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia,
Tecnología e Innovación, incluidos los organismos públicos de investigación de la
Administración General del Estado, podrán suscribir convenios de colaboración sujetos
al derecho administrativo.
Concretamente, los apartados a) y c) de dicho artículo 34.1 prevén que podrán
celebrar estos convenios los propios agentes públicos entre sí para la realización
conjunta de «Proyectos y actuaciones de investigación científica, desarrollo e
innovación» y la «Financiación de proyectos científico-técnicos singulares», supuestos
que encajan con la actividad objeto de este documento.
Segundo.
El CSIC es un organismo público de investigación (OPI) de la Administración General
del Estado, adscrito al Ministerio de Ciencia e Innovación, que tiene por objeto el
fomento, la coordinación, el desarrollo y la difusión de la investigación científica y
tecnológica, de carácter multidisciplinar, con el fin de contribuir al avance del
conocimiento y al desarrollo económico, social y cultural, así como a la formación de
personal y al asesoramiento a Entidades públicas y privadas en estas materias.
La actuación del CSIC está sujeta, entre otras normas, a las disposiciones de su
Estatuto, aprobado por Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre, y a lo previsto en el
artículo 34.1 de la citada Ley de la Ciencia.
Por su parte, el Instituto de Investigaciones Marinas (IIM) es un instituto
perteneciente al CSIC adscrito a tres Áreas Científico-Técnicas: Recursos Naturales,
Ciencia y Tecnología de los Alimentos y Ciencias Agrarias. Asimismo, se estructura en
cuatro departamentos: oceanografía; ecología y recursos marinos; biotecnología y
acuicultura; tecnología de los alimentos. Su misión consiste, entre otros, en desarrollar
investigación integrada y multidisciplinar en ciencias marinas que permita progresar en la
comprensión global de los ecosistemas marinos y en el estado científico y tecnológico de
los sectores productivos relacionados.
Tercero.
Que OPROMAR es una Organización de Productores, reconocida mediante Orden
Ministerial de 17 de Septiembre de 1986 (BOE n.º 234 de 30 de Septiembre de 1986) del
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, al amparo del RD 337/1986 y del
Reglamento de la CEE 2062/1980, quedando registrada en el archivo especial del Fondo
de Regulación y Organización del Mercado de Productos de la Pesca y Cultivos Marinos
(FROM), bajo la sigla OPP-08.
Que el 24 de enero de 2018 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» (BOEA-2018-891) la Resolución de 21 de diciembre de 2017, de la Secretaría de Estado de
Medio Ambiente, por la que se publican las bases reguladoras de concesión de ayudas
por la Fundación Biodiversidad, y el día 7 de mayo de 2018 fue publicado en el BOE
(BOE-B-2018-25767) el extracto de la Resolución de 30 de abril de 2018 de la Dirección
de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., por la que se aprueba la publicación de la
Convocatoria de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,
cve: BOE-A-2020-7238
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Núm. 183
Viernes 3 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 47324
número 488 de su Protocolo, con NIF G36044790 domiciliada en Puerto Pesquero, s/n,
Edificio Anexo Lonja, 36900 Marín (Pontevedra).
EXPONEN
Primero.
Que la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en su
artículo 34.1, establece que los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia,
Tecnología e Innovación, incluidos los organismos públicos de investigación de la
Administración General del Estado, podrán suscribir convenios de colaboración sujetos
al derecho administrativo.
Concretamente, los apartados a) y c) de dicho artículo 34.1 prevén que podrán
celebrar estos convenios los propios agentes públicos entre sí para la realización
conjunta de «Proyectos y actuaciones de investigación científica, desarrollo e
innovación» y la «Financiación de proyectos científico-técnicos singulares», supuestos
que encajan con la actividad objeto de este documento.
Segundo.
El CSIC es un organismo público de investigación (OPI) de la Administración General
del Estado, adscrito al Ministerio de Ciencia e Innovación, que tiene por objeto el
fomento, la coordinación, el desarrollo y la difusión de la investigación científica y
tecnológica, de carácter multidisciplinar, con el fin de contribuir al avance del
conocimiento y al desarrollo económico, social y cultural, así como a la formación de
personal y al asesoramiento a Entidades públicas y privadas en estas materias.
La actuación del CSIC está sujeta, entre otras normas, a las disposiciones de su
Estatuto, aprobado por Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre, y a lo previsto en el
artículo 34.1 de la citada Ley de la Ciencia.
Por su parte, el Instituto de Investigaciones Marinas (IIM) es un instituto
perteneciente al CSIC adscrito a tres Áreas Científico-Técnicas: Recursos Naturales,
Ciencia y Tecnología de los Alimentos y Ciencias Agrarias. Asimismo, se estructura en
cuatro departamentos: oceanografía; ecología y recursos marinos; biotecnología y
acuicultura; tecnología de los alimentos. Su misión consiste, entre otros, en desarrollar
investigación integrada y multidisciplinar en ciencias marinas que permita progresar en la
comprensión global de los ecosistemas marinos y en el estado científico y tecnológico de
los sectores productivos relacionados.
Tercero.
Que OPROMAR es una Organización de Productores, reconocida mediante Orden
Ministerial de 17 de Septiembre de 1986 (BOE n.º 234 de 30 de Septiembre de 1986) del
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, al amparo del RD 337/1986 y del
Reglamento de la CEE 2062/1980, quedando registrada en el archivo especial del Fondo
de Regulación y Organización del Mercado de Productos de la Pesca y Cultivos Marinos
(FROM), bajo la sigla OPP-08.
Que el 24 de enero de 2018 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» (BOEA-2018-891) la Resolución de 21 de diciembre de 2017, de la Secretaría de Estado de
Medio Ambiente, por la que se publican las bases reguladoras de concesión de ayudas
por la Fundación Biodiversidad, y el día 7 de mayo de 2018 fue publicado en el BOE
(BOE-B-2018-25767) el extracto de la Resolución de 30 de abril de 2018 de la Dirección
de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., por la que se aprueba la publicación de la
Convocatoria de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,
cve: BOE-A-2020-7238
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.