II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Cuerpo de Ingenieros Geógrafos. (BOE-A-2020-7167)
Resolución de 18 de junio de 2020, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros Geógrafos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 183
Viernes 3 de julio de 2020
Sec. II.B. Pág. 46792
1.4 Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad
no se acumularán a las de acceso general.
1.5 En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna
quedarán vacantes no podrán acumularse a las de la convocatoria de acceso libre, según lo
establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE de 10 de abril).
1.6 Los aspirantes solo podrán participar en una de las dos convocatorias.
2. Proceso selectivo
2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para los
aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre y mediante el sistema de
concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción
interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
2.2 En cumplimiento del artículo 3.9 del Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo
(BOE de 2 de abril) por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2019, se
establece la conservación de la nota de los ejercicios, siempre que dicha nota supere
el 60 % de la calificación máxima prevista para el correspondiente ejercicio, a los aspirantes
que participen por el turno de reserva para personas con discapacidad.
La validez de esta medida será aplicable a la convocatoria inmediata siguiente,
siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los
que se ha conservado la nota sean análogos.
2.3 Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de
este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado las fases de oposición o de
concurso-oposición, según los casos, serán nombrados funcionarios en prácticas por la
autoridad convocante.
2.4 El plazo máximo para la realización del primer ejercicio será de cuatro meses
contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria, teniendo la fase de
oposición, descrita en el anexo I, una duración máxima de cinco meses.
2.5 Las fechas de celebración de los ejercicios o del curso selectivo podrán coincidir
con las de otros procesos selectivos, sin que dicha coincidencia pueda suponer causa de
aplazamiento.
2.6 Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de los plazos recogidos
en la presente convocatoria.
3. Programas
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II de
estas convocatorias.
4. Titulación
5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna
Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna deberán cumplir,
además, los siguientes requisitos:
a)
Pertenencia a Cuerpo o categoría profesional:
– Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la
Administración General del Estado del subgrupo A2 o a Cuerpos o Escalas Postales y
cve: BOE-A-2020-7167
Verificable en https://www.boe.es
4.1 Se requiere estar en posesión o cumplir los requisitos necesarios para obtener,
al finalizar el plazo de presentación de instancias, el título de Licenciado, Ingeniero,
Arquitecto o Grado.
4.2 Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en
posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso el
correspondiente certificado de equivalencia a la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
Núm. 183
Viernes 3 de julio de 2020
Sec. II.B. Pág. 46792
1.4 Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad
no se acumularán a las de acceso general.
1.5 En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna
quedarán vacantes no podrán acumularse a las de la convocatoria de acceso libre, según lo
establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE de 10 de abril).
1.6 Los aspirantes solo podrán participar en una de las dos convocatorias.
2. Proceso selectivo
2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para los
aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre y mediante el sistema de
concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción
interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
2.2 En cumplimiento del artículo 3.9 del Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo
(BOE de 2 de abril) por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2019, se
establece la conservación de la nota de los ejercicios, siempre que dicha nota supere
el 60 % de la calificación máxima prevista para el correspondiente ejercicio, a los aspirantes
que participen por el turno de reserva para personas con discapacidad.
La validez de esta medida será aplicable a la convocatoria inmediata siguiente,
siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los
que se ha conservado la nota sean análogos.
2.3 Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de
este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado las fases de oposición o de
concurso-oposición, según los casos, serán nombrados funcionarios en prácticas por la
autoridad convocante.
2.4 El plazo máximo para la realización del primer ejercicio será de cuatro meses
contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria, teniendo la fase de
oposición, descrita en el anexo I, una duración máxima de cinco meses.
2.5 Las fechas de celebración de los ejercicios o del curso selectivo podrán coincidir
con las de otros procesos selectivos, sin que dicha coincidencia pueda suponer causa de
aplazamiento.
2.6 Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de los plazos recogidos
en la presente convocatoria.
3. Programas
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II de
estas convocatorias.
4. Titulación
5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna
Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna deberán cumplir,
además, los siguientes requisitos:
a)
Pertenencia a Cuerpo o categoría profesional:
– Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la
Administración General del Estado del subgrupo A2 o a Cuerpos o Escalas Postales y
cve: BOE-A-2020-7167
Verificable en https://www.boe.es
4.1 Se requiere estar en posesión o cumplir los requisitos necesarios para obtener,
al finalizar el plazo de presentación de instancias, el título de Licenciado, Ingeniero,
Arquitecto o Grado.
4.2 Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en
posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso el
correspondiente certificado de equivalencia a la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
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