III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2020-7256)
Resolución de 18 de junio de 2020, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la primera Adenda al Convenio entre la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Ciudad Real y la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Ciudad Real, para la administración y participación en gastos de inmuebles de uso compartido.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 183
Viernes 3 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 47452
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
7256
Resolución de 18 de junio de 2020, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica la primera Adenda al Convenio entre la Dirección Provincial de
la Tesorería General de la Seguridad Social de Ciudad Real y la Dirección
Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Ciudad Real, para
la administración y participación en gastos de inmuebles de uso compartido.
Suscrita la Primera Adenda al Convenio entre la Dirección Provincial de la Tesorería
General de la Seguridad Social de Ciudad Real y la Dirección Provincial del Instituto
Nacional de la Seguridad Social de Ciudad Real para la administración y participación en
gastos de inmuebles de uso compartido, y en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura
como Anexo de esta Resolución.
Madrid, 18 de junio de 2020.–La Secretaria General Técnica, Iria Álvarez Besteiro.
ANEXO
Primera Adenda al Convenio entre la Dirección Provincial de la Tesorería General
de la Seguridad Social de Ciudad Real y la Dirección Provincial del Instituto
Nacional de la Seguridad Social de Ciudad Real para la administración y
participación en gastos de inmuebles de uso compartido
REUNIDAS
De una parte, doña M. Paula Mellado Quesada, en su condición de Directora
Provincial de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de
Ciudad Real, nombrada por Resolución de 8 de abril de 2019 (BOE del 22), en virtud de
las competencias que le confiere la resolución de 12 de junio de 2012.
Y, de otra parte, doña M. Paula Mellado Quesada, en su condición de Directora
Provincial de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de
Ciudad Real, nombrada por Resolución de 8 de abril de 2019 (BOE del 22), en virtud de
las competencias que le confiere la resolución de 18 de febrero de 2019.
Intervienen como tales y en la representación que ostentan se reconocen entre sí la
capacidad legal necesaria para suscribir el presente Convenio y
I. Que las Partes suscribieron el 12 de diciembre de 2019 un Convenio para
establecer los criterios de gestión, administración y participación en la financiación de los
gastos comunes, no susceptibles de individualización, derivados de los contratos de
obras, servicios, suministros y otros gastos que sean necesarios en el funcionamiento de
los inmuebles de uso compartido que figuran en el Anexo I del citado Convenio.
II. Que, en la cláusula décima del Convenio se establece que el mismo puede ser
objeto de modificación por acuerdo unánime de las Partes.
III. Que, es voluntad de las Partes modificar el Convenio al objeto de añadir un
nuevo inmueble de uso compartido entre las partes, denominado nave-almacén sito en la
cve: BOE-A-2020-7256
Verificable en https://www.boe.es
EXPONEN
Núm. 183
Viernes 3 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 47452
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
7256
Resolución de 18 de junio de 2020, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica la primera Adenda al Convenio entre la Dirección Provincial de
la Tesorería General de la Seguridad Social de Ciudad Real y la Dirección
Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Ciudad Real, para
la administración y participación en gastos de inmuebles de uso compartido.
Suscrita la Primera Adenda al Convenio entre la Dirección Provincial de la Tesorería
General de la Seguridad Social de Ciudad Real y la Dirección Provincial del Instituto
Nacional de la Seguridad Social de Ciudad Real para la administración y participación en
gastos de inmuebles de uso compartido, y en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura
como Anexo de esta Resolución.
Madrid, 18 de junio de 2020.–La Secretaria General Técnica, Iria Álvarez Besteiro.
ANEXO
Primera Adenda al Convenio entre la Dirección Provincial de la Tesorería General
de la Seguridad Social de Ciudad Real y la Dirección Provincial del Instituto
Nacional de la Seguridad Social de Ciudad Real para la administración y
participación en gastos de inmuebles de uso compartido
REUNIDAS
De una parte, doña M. Paula Mellado Quesada, en su condición de Directora
Provincial de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de
Ciudad Real, nombrada por Resolución de 8 de abril de 2019 (BOE del 22), en virtud de
las competencias que le confiere la resolución de 12 de junio de 2012.
Y, de otra parte, doña M. Paula Mellado Quesada, en su condición de Directora
Provincial de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de
Ciudad Real, nombrada por Resolución de 8 de abril de 2019 (BOE del 22), en virtud de
las competencias que le confiere la resolución de 18 de febrero de 2019.
Intervienen como tales y en la representación que ostentan se reconocen entre sí la
capacidad legal necesaria para suscribir el presente Convenio y
I. Que las Partes suscribieron el 12 de diciembre de 2019 un Convenio para
establecer los criterios de gestión, administración y participación en la financiación de los
gastos comunes, no susceptibles de individualización, derivados de los contratos de
obras, servicios, suministros y otros gastos que sean necesarios en el funcionamiento de
los inmuebles de uso compartido que figuran en el Anexo I del citado Convenio.
II. Que, en la cláusula décima del Convenio se establece que el mismo puede ser
objeto de modificación por acuerdo unánime de las Partes.
III. Que, es voluntad de las Partes modificar el Convenio al objeto de añadir un
nuevo inmueble de uso compartido entre las partes, denominado nave-almacén sito en la
cve: BOE-A-2020-7256
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