V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. (BOE-B-2020-19900)
Resolución de 29 de junio de 2020, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se da publicidad a la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la Indicación Geográfica Protegida (IGP) "Espárrago de Navarra".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182
Jueves 2 de julio de 2020
Sec. V-B. Pág. 26784
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
19900
Resolución de 29 de junio de 2020, de la Dirección General de la
Industria Alimentaria, por la que se da publicidad a la solicitud de
modificación del pliego de condiciones de la Indicación Geográfica
Protegida (IGP) "Espárrago de Navarra".
Con fecha 25 de febrero de 2020 fue recibida oficialmente en la Subdirección
General de Calidad Diferenciada y Producción Ecológica la propuesta de solicitud
de modificación del pliego de condiciones de la IGP "Espárrago de Navarra"
realizada por parte del Consejo Regulador de la citada Indicación.
Dicha propuesta fue remitida a las CCAA territorialmente afectadas por la IGP,
es decir, Navarra, Aragón y La Rioja con fecha 9 de marzo, para que éstas
emitieran informe según lo establecido en el artículo 8.2. del RD 149/2014, de 7 de
marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el
que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción
de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas
protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas.
Se recibieron informes favorables por parte de La Rioja y Navarra.
Reunidos telemáticamente en Mesa de Coordinación de la Calidad
Diferenciada en fecha 28 de mayo, las autoridades competentes del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación, la Comunidad Foral de Navarra, Aragón y La
Rioja se trató sobre el expediente y Aragón solicitó una semana de plazo para
contestar sobre la modificación del expediente. Con fecha 3 de junio Aragón
informa favorablemente a la modificación del expediente, por lo que se acuerda la
continuación del procedimiento de tramitación de la solicitud de modificación del
pliego según lo establecido en el artículo 8.3. del RD 1335/2011, dando lugar a la
publicación del anuncio de modificación del pliego a efectos de iniciar el
procedimiento de oposición.
Por ello, se procede a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de un
anuncio sobre la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la
Indicación Geográfica Protegida "Espárrago de Navarra", junto con el propio pliego
de condiciones, el documento único del producto y la solicitud de modificación,
señalando que la dirección de la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación en que se encuentran publicados los citados documentos es:
cve: BOE-B-2020-19900
Verificable en https://www.boe.es
De acuerdo con las facultades que el artículo 8.3. del Real Decreto 149/2014,
de 7 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre,
atribuye a esta Dirección General, ésta resuelve continuar el procedimiento de
tramitación de la solicitud de modificación del pliego de la IGP "Espárrago de
Navarra" y, de acuerdo con lo previsto en el artículo 8.6 del citado Real Decreto,
ordena la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de un anuncio de la
solicitud correspondiente que incluye el enlace web al Pliego de condiciones y el
Documento único, estableciéndose un plazo de dos meses a partir de la fecha de
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la solicitud antes mencionada,
para que cualquier persona física o jurídica pueda oponerse al registro pretendido,
mediante la correspondiente declaración de oposición, dirigida al órgano
competente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Núm. 182
Jueves 2 de julio de 2020
Sec. V-B. Pág. 26784
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MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
19900
Resolución de 29 de junio de 2020, de la Dirección General de la
Industria Alimentaria, por la que se da publicidad a la solicitud de
modificación del pliego de condiciones de la Indicación Geográfica
Protegida (IGP) "Espárrago de Navarra".
Con fecha 25 de febrero de 2020 fue recibida oficialmente en la Subdirección
General de Calidad Diferenciada y Producción Ecológica la propuesta de solicitud
de modificación del pliego de condiciones de la IGP "Espárrago de Navarra"
realizada por parte del Consejo Regulador de la citada Indicación.
Dicha propuesta fue remitida a las CCAA territorialmente afectadas por la IGP,
es decir, Navarra, Aragón y La Rioja con fecha 9 de marzo, para que éstas
emitieran informe según lo establecido en el artículo 8.2. del RD 149/2014, de 7 de
marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el
que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción
de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas
protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas.
Se recibieron informes favorables por parte de La Rioja y Navarra.
Reunidos telemáticamente en Mesa de Coordinación de la Calidad
Diferenciada en fecha 28 de mayo, las autoridades competentes del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación, la Comunidad Foral de Navarra, Aragón y La
Rioja se trató sobre el expediente y Aragón solicitó una semana de plazo para
contestar sobre la modificación del expediente. Con fecha 3 de junio Aragón
informa favorablemente a la modificación del expediente, por lo que se acuerda la
continuación del procedimiento de tramitación de la solicitud de modificación del
pliego según lo establecido en el artículo 8.3. del RD 1335/2011, dando lugar a la
publicación del anuncio de modificación del pliego a efectos de iniciar el
procedimiento de oposición.
Por ello, se procede a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de un
anuncio sobre la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la
Indicación Geográfica Protegida "Espárrago de Navarra", junto con el propio pliego
de condiciones, el documento único del producto y la solicitud de modificación,
señalando que la dirección de la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación en que se encuentran publicados los citados documentos es:
cve: BOE-B-2020-19900
Verificable en https://www.boe.es
De acuerdo con las facultades que el artículo 8.3. del Real Decreto 149/2014,
de 7 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre,
atribuye a esta Dirección General, ésta resuelve continuar el procedimiento de
tramitación de la solicitud de modificación del pliego de la IGP "Espárrago de
Navarra" y, de acuerdo con lo previsto en el artículo 8.6 del citado Real Decreto,
ordena la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de un anuncio de la
solicitud correspondiente que incluye el enlace web al Pliego de condiciones y el
Documento único, estableciéndose un plazo de dos meses a partir de la fecha de
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la solicitud antes mencionada,
para que cualquier persona física o jurídica pueda oponerse al registro pretendido,
mediante la correspondiente declaración de oposición, dirigida al órgano
competente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.