III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal. Cuentas anuales. (BOE-A-2020-7097)
Resolución de 29 de junio de 2020, de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2019 y el informe de auditoría.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 2 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 46428
c) Cualesquiera otros bienes y medios económicos que legalmente puedan serle atribuidos.
La principal fuente de ingresos de la AIReF está constituida por la tasa de supervisión,
análisis, asesoramiento y seguimiento de la política fiscal, con los siguientes elementos:
a) Fuentes normativas. La tasa de análisis, asesoramiento y seguimiento de la política fiscal
se rige por la Ley Orgánica 6/2013; la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios
Públicos, y la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
b) Hecho imponible. El hecho imponible de la tasa es la prestación a las Administraciones
Públicas de los servicios a los que se refiere el capítulo II de la Ley Orgánica 6/2013.
c) Contribuyentes. Son contribuyentes de esta tasa el Estado, las Comunidades Autónomas,
las Ciudades con Estatuto de Autonomía, las Corporaciones Locales y el Sistema de
Seguridad Social, a través de la Tesorería General de la Seguridad Social.
d) Exención. Están exentas de la tasa las Entidades Locales cuya base imponible sea inferior
a la que se determine en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
e) Tipo de gravamen. La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 actualizó el
tipo impositivo de la tasa y lo fijó en 0,00128%, aunque este nuevo tipo se ha aplicado en
2019 por primera vez.
La AIReF elabora y aprueba, con carácter anual, el correspondiente anteproyecto de
presupuesto y lo remite al Ministerio de Hacienda para su posterior integración en los
Presupuestos Generales del Estado.
La contabilidad del Organismo se rige por lo dispuesto en el Título V de la Ley 47/2003, de 26
de noviembre, General Presupuestaria (en adelante, Ley 47/2003). La formación y rendición
de sus cuentas se efectúa de acuerdo con los principios contables públicos del artículo 122
de la Ley 47/2003, y los principios y normas establecidos en el Plan General de Contabilidad
Pública y sus normas de desarrollo, para lo cual cuenta con un sistema de información
económico-financiero y presupuestario (SIC3), que tiene por objeto mostrar, a través de sus
estados e informes, la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, de los resultados
y de la ejecución del presupuesto.
El control de la gestión económico-financiera de la AIReF se efectuará, sin perjuicio de las
competencias atribuidas al Tribunal de Cuentas, por la Intervención General de la
Administración del Estado con arreglo a lo dispuesto en la Ley 47/2003. La Intervención
Delegada en la AIReF, bajo la dependencia de la Intervención General de la Administración
del Estado, ejercerá el control financiero permanente.
La Relación de Puestos de Trabajo (RPT) de la AIReF se aprobó inicialmente el 23 de julio de
2014, creándose 31 puestos de trabajo, de los cuales 23 estaban reservados en exclusiva a
funcionarios públicos, mientras que 8 podían ser desempeñados indistintamente por
personal funcionario o laboral. Esta RPT se modificó en 2015, 2017, 2018 y 2019, resultando
- a fecha 31/12/2019- un total de 49 puestos de trabajo, de los cuales 47 puestos están
reservados a personal funcionario y 2 pueden corresponder, indistintamente, a personal
funcionario o laboral. Además, se ha autorizado a la AIReF la cobertura de 4 plazas de
personal laboral temporal, 2 de ellas a tiempo parcial.
cve: BOE-A-2020-7097
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 182
Jueves 2 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 46428
c) Cualesquiera otros bienes y medios económicos que legalmente puedan serle atribuidos.
La principal fuente de ingresos de la AIReF está constituida por la tasa de supervisión,
análisis, asesoramiento y seguimiento de la política fiscal, con los siguientes elementos:
a) Fuentes normativas. La tasa de análisis, asesoramiento y seguimiento de la política fiscal
se rige por la Ley Orgánica 6/2013; la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios
Públicos, y la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
b) Hecho imponible. El hecho imponible de la tasa es la prestación a las Administraciones
Públicas de los servicios a los que se refiere el capítulo II de la Ley Orgánica 6/2013.
c) Contribuyentes. Son contribuyentes de esta tasa el Estado, las Comunidades Autónomas,
las Ciudades con Estatuto de Autonomía, las Corporaciones Locales y el Sistema de
Seguridad Social, a través de la Tesorería General de la Seguridad Social.
d) Exención. Están exentas de la tasa las Entidades Locales cuya base imponible sea inferior
a la que se determine en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
e) Tipo de gravamen. La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 actualizó el
tipo impositivo de la tasa y lo fijó en 0,00128%, aunque este nuevo tipo se ha aplicado en
2019 por primera vez.
La AIReF elabora y aprueba, con carácter anual, el correspondiente anteproyecto de
presupuesto y lo remite al Ministerio de Hacienda para su posterior integración en los
Presupuestos Generales del Estado.
La contabilidad del Organismo se rige por lo dispuesto en el Título V de la Ley 47/2003, de 26
de noviembre, General Presupuestaria (en adelante, Ley 47/2003). La formación y rendición
de sus cuentas se efectúa de acuerdo con los principios contables públicos del artículo 122
de la Ley 47/2003, y los principios y normas establecidos en el Plan General de Contabilidad
Pública y sus normas de desarrollo, para lo cual cuenta con un sistema de información
económico-financiero y presupuestario (SIC3), que tiene por objeto mostrar, a través de sus
estados e informes, la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, de los resultados
y de la ejecución del presupuesto.
El control de la gestión económico-financiera de la AIReF se efectuará, sin perjuicio de las
competencias atribuidas al Tribunal de Cuentas, por la Intervención General de la
Administración del Estado con arreglo a lo dispuesto en la Ley 47/2003. La Intervención
Delegada en la AIReF, bajo la dependencia de la Intervención General de la Administración
del Estado, ejercerá el control financiero permanente.
La Relación de Puestos de Trabajo (RPT) de la AIReF se aprobó inicialmente el 23 de julio de
2014, creándose 31 puestos de trabajo, de los cuales 23 estaban reservados en exclusiva a
funcionarios públicos, mientras que 8 podían ser desempeñados indistintamente por
personal funcionario o laboral. Esta RPT se modificó en 2015, 2017, 2018 y 2019, resultando
- a fecha 31/12/2019- un total de 49 puestos de trabajo, de los cuales 47 puestos están
reservados a personal funcionario y 2 pueden corresponder, indistintamente, a personal
funcionario o laboral. Además, se ha autorizado a la AIReF la cobertura de 4 plazas de
personal laboral temporal, 2 de ellas a tiempo parcial.
cve: BOE-A-2020-7097
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Núm. 182