II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE JUSTICIA. Destinos. (BOE-A-2020-7048)
Resolución de 26 de junio de 2020, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 17 de diciembre de 2019, en la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182
Jueves 2 de julio de 2020
Sec. II.A. Pág. 46153
El cómputo de los plazos posesorios y de ceses, se iniciarán cuando finalicen los
permisos o licencias que, en su caso, se estén disfrutando, salvo que por causas
justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
Cuarto.
Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generan derecho al abono de indemnización por concepto alguno. Los puestos
obtenidos serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión
los interesados obtengan otro destino mediante convocatoria pública y opten por el
mismo, en cuyo caso vendrán obligados a comunicar por escrito a este Departamento,
en los tres días hábiles siguientes, la renuncia del puesto adjudicado y la opción
ejercitada, con indicación del Departamento o Comunidad Autónoma en que hubiera
obtenido destino, así como la forma de provisión y la fecha de nombramiento.
Quinto.
Contra la presente Resolución y los actos derivados de la misma, que ponen fin a la
vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el
plazo de un mes a partir de su notificación ante el órgano que dictó la Resolución en los
términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados
Centrales de lo Contencioso-Administrativo con arreglo a lo dispuesto 10.i) y 46.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
cve: BOE-A-2020-7048
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 26 de junio de 2020.–El Subsecretario de Justicia, J. Miguel Bueno Sánchez.
Núm. 182
Jueves 2 de julio de 2020
Sec. II.A. Pág. 46153
El cómputo de los plazos posesorios y de ceses, se iniciarán cuando finalicen los
permisos o licencias que, en su caso, se estén disfrutando, salvo que por causas
justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
Cuarto.
Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generan derecho al abono de indemnización por concepto alguno. Los puestos
obtenidos serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión
los interesados obtengan otro destino mediante convocatoria pública y opten por el
mismo, en cuyo caso vendrán obligados a comunicar por escrito a este Departamento,
en los tres días hábiles siguientes, la renuncia del puesto adjudicado y la opción
ejercitada, con indicación del Departamento o Comunidad Autónoma en que hubiera
obtenido destino, así como la forma de provisión y la fecha de nombramiento.
Quinto.
Contra la presente Resolución y los actos derivados de la misma, que ponen fin a la
vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el
plazo de un mes a partir de su notificación ante el órgano que dictó la Resolución en los
términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados
Centrales de lo Contencioso-Administrativo con arreglo a lo dispuesto 10.i) y 46.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
cve: BOE-A-2020-7048
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 26 de junio de 2020.–El Subsecretario de Justicia, J. Miguel Bueno Sánchez.