III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2020-7115)
Resolución de 23 de junio de 2020, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se publica el Convenio con el Consejo Insular de Mallorca, para la restauración de la película El jefe político (André Hugon, 1924).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182

Jueves 2 de julio de 2020

Sec. III. Pág. 46566

– Coorganizar un plan de difusión de la película, con posibilidad de una sonorización
con música en directo, en colaboración con los técnicos del ASIM.
Por parte del Departamento de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística del Consejo
Insular de Mallorca (ASIM).
Los técnicos y el personal del ASIM se encargarán de:
– Realizar un estudio en profundidad de la novela en la cual se basa la película así
como del contenido de los rollos de la película.
– Establecer el guion de la restauración para un posterior montaje.
– Colaborar con los técnicos del ICAA en el montaje digital definitivo de la película.
– Coorganizar un plan de difusión de la película, con posibilidad de una sonorización
con música en directo, en colaboración con los técnicos de Filmoteca Española.
Cuarta.

Compromisos de las partes.

En lo que se refiere a los materiales resultantes y la custodia de los elementos
finales, ambas partes dispondrán de un disco duro de exacto contenido de los materiales
de trabajo de las imágenes escaneadas.
Los materiales de preservación quedarán en custodia en el archivo de Filmoteca
Española y a disposición de ambas partes.
Ambas partes se reconocen el derecho mutuo de acceso de forma gratuita y sin
límite de tiempo a los elementos custodiados de El jefe político (André Hugon, 1924) en
cada uno de los dos archivos para la obtención de otros elementos de conservación o
difusión.
En los créditos de todos los materiales audiovisuales resultantes figurará una
leyenda acreditando la procedencia de los materiales así como la recuperación de este
título para el patrimonio cinematográfico gracias a la colaboración de ambas
instituciones. Se hará mención de esta colaboración en toda la documentación escrita
que se genere. El contenido de dicha leyenda se acordará de mutuo acuerdo entre el
ASIM y Filmoteca Española.
Asimismo ambas instituciones compartirán los derechos de la película restaurada a
partes iguales. Tendrán libertad para el uso cultural de la película en sus propias sedes.
Se podrá prestar o ceder el material resultante para exhibiciones de carácter cultural a
las filmotecas pertenecientes a la FIAF y a otros organismos de carácter cultural, siempre
que sea posible tras el estudio previo de la solicitud.
Las partes contraen formalmente la obligación legal y directa frente a cualquier utilización
fraudulenta o abusiva del material objeto de este acuerdo, y frente a posibles reclamaciones
sobre derechos a la imagen o similares por instituciones, personas o sus herederos.
Quinta. Compromisos económicos.
El presente convenio no supone gasto económico alguno para ninguna de las partes.

Con el fin de facilitar el seguimiento, la vigilancia y el control de la ejecución del
convenio y de los compromisos adquiridos, así como de llevar a cabo las actuaciones
comunes que correspondan, se constituirá una comisión compuesta por dos
representantes de cada institución que serán designados por sus responsables.
La comisión resolverá los eventuales problemas de interpretación y ejecución que
pudieran derivarse. Los miembros de la comisión se reunirán siempre que se considere
necesario y a instancia de cualquiera de sus componentes.

cve: BOE-A-2020-7115
Verificable en https://www.boe.es

Sexta. Comisión de seguimiento.