III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2020-7104)
Resolución de 22 de junio de 2020, de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria, por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión a la Universidad Complutense de Madrid, para la realización de trabajos relacionados con el programa nacional de erradicación de la tuberculosis en especies domésticas y el plan de actuación frente a tuberculosis en especies silvestres.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182

Jueves 2 de julio de 2020

5.

Sec. III. Pág. 46489

Suministro de material de referencia a los distintos laboratorios oficiales.
2. Dirección de la encomienda de gestión

La dirección de los trabajos será desempeñada por el Jefe del Área de Programas
Sanitarios y Zoonosis de la Subdirección General de Sanidad e Higiene Animal y
Trazabilidad.
Corresponderá al Director de los trabajos aceptar el equipo de trabajo propuesto por
la entidad encomendada, fijar las reuniones necesarias, supervisar las actividades y
emitir las certificaciones después de valorar las relaciones valoradas de los trabajos
realizados.
Corresponderá a la Subdirectora General de Sanidad e Higiene Animal y
Trazabilidad, o persona designada por ésta, representar a la Administración como
receptor de los trabajos encomendados en el correspondiente acto formal de recepción.
3. Medios humanos y materiales
VISAVET pondrá a disposición de esta encomienda los medios humanos y
materiales de que dispone para desarrollar correctamente los trabajos programados en
los plazos de ejecución previstos.
VISAVET cuenta con personal con una sólida experiencia en materia de
investigación sobre micobacterias (microbiología, diagnóstico y epidemiología) y con los
medios materiales necesarios para llevar a cabo las diferentes investigaciones
asegurando unas correctas medidas de bioseguridad, incluido el equipo de
investigadores del laboratorio Europeo de Referencia de la Tuberculosis Bovina.
4.

Valoración y abono de los trabajos

Los trabajos a abonar son los siguientes de acuerdo a las tareas o características
descritas:

cve: BOE-A-2020-7104
Verificable en https://www.boe.es

Actividades correspondientes a cada Bloque, que se concretan en los informes
según cronograma del anexo 1 del presente Convenio.
Los trabajos se abonarán por el MAPA una vez recibidos los informes realizados y
detallados en la factura, y verificados y certificados de conformidad por el Director de los
trabajos, y previa recepción si procede.
Todos los informes correspondientes a una anualidad natural deberán haber sido
entregados según el cronograma del anexo 1 y en todo caso con anterioridad al 15 de
diciembre del año natural.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X