III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2020-7119)
Resolución de 18 de junio de 2020, del Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red, M.P., por la que se publica el Convenio con el Hospital Clínic de Barcelona, para la promoción e impulso de la investigación en el área de Salud Mental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182

Jueves 2 de julio de 2020

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la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio
por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se
hubiera previsto.
– Por denuncia unilateral de cualquiera de las partes, para lo cual es suficiente un
preaviso de tres meses.
– Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
Décima. Jurisdicción.
El presente convenio se regulará por mutuo acuerdo entre las partes. Las dudas y
controversias que surjan con motivo de la interpretación y aplicación del mismo que no
puedan ser resueltas de forma amigable en el seno de la Comisión de seguimiento, se
resolverán de conformidad con las normas reconocidas por el Derecho y ante la
Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
Undécima.

Naturaleza Jurídica.

El presente convenio se rige por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Duodécima.

Protección de Datos.

Las partes se comprometen a tratar los datos de carácter personal a que, en su caso,
tengan acceso o sean objeto de cesión en el marco de aplicación del presente convenio,
de conformidad con lo que dispone el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos (Reglamento general de protección de datos) y conforme a lo dispuesto en el
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales.
Y en prueba de conformidad, firman por duplicado el presente ejemplar y a un solo
efecto, en la ciudad y fecha al comienzo expresadas.–El Gerente del Consorcio, Manuel
Sánchez Delgado.–El Director General del HCB por delegación del Consell de Govern
(Acuerdo 21.12.15), Josep Maria Campistol i Plana.
ANEXO I
Anexo al Convenio entre el Consorcio Centro de Investigación Biomedica en Red,
M.P (CIBER) y el Hospital Clinic de Barcelona, para la promoción e impulso
de la investigación clínica en el área de salud mental

El Dr. Eduard Vieta es en la actualidad Catedrático de Psiquiatría por la Universidad
de Barcelona y Jefe de Servicio de Psiquiatría y Psicología del Hospital Clínic de
Barcelona, donde ejerce como médico consultor senior y Director de la Unidad de
Trastorno Bipolares y Depresivos. Dicha Unidad es una de las líderes mundiales en
asistencia, docencia e investigación clínica en trastornos afectivos y está financiada a
través de proyectos competitivos por el Instituto de Salud Carlos III, el 7.º Programa
Marco de la Unión Europea, y de fundaciones norteamericanas (NARSAD, Stanley
Medical Research Institute) de Estados Unidos. Como director de la Unidad de
Trastornos Bipolares y Depresivos, el Dr. Vieta dirige y participa en la ejecución y análisis
de los proyectos de investigación que se realizan en su grupo. El Dr Vieta es también
investigador del Instituto de Investigaciones Biomédicas August Pi i Sunyer (IDIBAPS) y
Director Científico del CIBERSAM. El puesto de Director Científico de CIBERSAM

cve: BOE-A-2020-7119
Verificable en https://www.boe.es

Tareas de investigación del Dr. Eduard Vieta a las que se aplicara el presente
acuerdo de intensificación: