II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Especialidades sanitarias. (BOE-A-2020-7000)
Resolución 96/2020, de 5 de febrero, de la Dirección Gerencia de la Organización Sanitaria Integrada Donostialdea, por la que convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo de Jefe de Servicio de Medicina Intensiva.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Miércoles 1 de julio de 2020
Sec. II.B. Pág. 45971
b) Exposición pública de la misma ante la Comisión de Valoración (máximo 15
puntos).
A la hora de evaluar la exposición pública de la Memoria-Proyecto se valorará la
claridad y concisión en su defensa, así como la capacidad para explicar sus aspectos
más relevantes.
En el acta deberá recogerse la justificación de la puntuación otorgada por cada
miembro de la Comisión a cada uno/a de los/as candidatos/as.
2.
Otros méritos (máximo 30 puntos)
La puntuación se distribuirá del siguiente modo:
– Experiencia profesional (máximo 13 puntos):
• Por cada mes de servicios prestados como Facultativo en la especialidad de que
se trate: 0,0500 puntos.
• Por cada mes de servicios prestados como Jefe de Sección en la especialidad de
que se trate: 0,0750 puntos.
• Por cada mes de servicios prestados como Jefe de Servicio en la especialidad de
que se trate: 0,1000 puntos.
• Por cada mes de servicios prestados como Directivo de Administraciones Públicas
Sanitarias o Subdirector Médico: 0,1000 puntos.
Se tendrán en consideración como experiencia profesional los servicios prestados en
las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza, de la Seguridad Social o de los
Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas o en cualquier Administración
Pública, así como aquellos servicios prestados en los Servicios Sanitarios de la red
pública de los demás estados miembros de la Unión Europea.
Del cómputo total, que se efectuará en base a los días naturales trabajados, se
despreciarán los restos que resulten inferiores al mes. A estos efectos se entenderá por
mes el conjunto de 30 días naturales.
– Formación, docencia y difusión del conocimiento (máximo 17 puntos):
• Cuando en las certificaciones de los cursos conste únicamente el número de
créditos, la puntuación será de 0,1 puntos por crédito.
– Formación en gestión (máximo 3 puntos): Por la asistencia a cada curso
relacionado con la gestión sanitaria de duración:
De 20 a 30 horas: 0,2000 puntos.
De 31 a 50 horas: 0,3000 puntos.
De 51 a 100 horas: 0,4000 puntos.
De 101 a 200 horas: 0,5000 puntos.
De más de 200 horas: 1,2500 puntos.
Se valorarán los cursos impartidos y acreditados por Organismos Oficiales,
Universidades, Instituciones Sanitarias, y en su caso, Colegios Profesionales y
Sociedades Científicas, así como los cursos impartidos y acreditados en virtud de los
Acuerdos de Formación Continua suscritos por Osakidetza o cualquier Administración
Pública, siempre que no formen parte de un plan de estudios para la obtención de una
titulación oficial.
– Formación continuada especialidad (máximo 3 puntos): Por la asistencia a cada
curso relacionado con la especialidad del puesto de que se trate de duración:
• De 20 a 30 horas: 0,2000 puntos.
• De 31 a 50 horas: 0,3000 puntos.
cve: BOE-A-2020-7000
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 181
Miércoles 1 de julio de 2020
Sec. II.B. Pág. 45971
b) Exposición pública de la misma ante la Comisión de Valoración (máximo 15
puntos).
A la hora de evaluar la exposición pública de la Memoria-Proyecto se valorará la
claridad y concisión en su defensa, así como la capacidad para explicar sus aspectos
más relevantes.
En el acta deberá recogerse la justificación de la puntuación otorgada por cada
miembro de la Comisión a cada uno/a de los/as candidatos/as.
2.
Otros méritos (máximo 30 puntos)
La puntuación se distribuirá del siguiente modo:
– Experiencia profesional (máximo 13 puntos):
• Por cada mes de servicios prestados como Facultativo en la especialidad de que
se trate: 0,0500 puntos.
• Por cada mes de servicios prestados como Jefe de Sección en la especialidad de
que se trate: 0,0750 puntos.
• Por cada mes de servicios prestados como Jefe de Servicio en la especialidad de
que se trate: 0,1000 puntos.
• Por cada mes de servicios prestados como Directivo de Administraciones Públicas
Sanitarias o Subdirector Médico: 0,1000 puntos.
Se tendrán en consideración como experiencia profesional los servicios prestados en
las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza, de la Seguridad Social o de los
Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas o en cualquier Administración
Pública, así como aquellos servicios prestados en los Servicios Sanitarios de la red
pública de los demás estados miembros de la Unión Europea.
Del cómputo total, que se efectuará en base a los días naturales trabajados, se
despreciarán los restos que resulten inferiores al mes. A estos efectos se entenderá por
mes el conjunto de 30 días naturales.
– Formación, docencia y difusión del conocimiento (máximo 17 puntos):
• Cuando en las certificaciones de los cursos conste únicamente el número de
créditos, la puntuación será de 0,1 puntos por crédito.
– Formación en gestión (máximo 3 puntos): Por la asistencia a cada curso
relacionado con la gestión sanitaria de duración:
De 20 a 30 horas: 0,2000 puntos.
De 31 a 50 horas: 0,3000 puntos.
De 51 a 100 horas: 0,4000 puntos.
De 101 a 200 horas: 0,5000 puntos.
De más de 200 horas: 1,2500 puntos.
Se valorarán los cursos impartidos y acreditados por Organismos Oficiales,
Universidades, Instituciones Sanitarias, y en su caso, Colegios Profesionales y
Sociedades Científicas, así como los cursos impartidos y acreditados en virtud de los
Acuerdos de Formación Continua suscritos por Osakidetza o cualquier Administración
Pública, siempre que no formen parte de un plan de estudios para la obtención de una
titulación oficial.
– Formación continuada especialidad (máximo 3 puntos): Por la asistencia a cada
curso relacionado con la especialidad del puesto de que se trate de duración:
• De 20 a 30 horas: 0,2000 puntos.
• De 31 a 50 horas: 0,3000 puntos.
cve: BOE-A-2020-7000
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