II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Especialidades sanitarias. (BOE-A-2020-7000)
Resolución 96/2020, de 5 de febrero, de la Dirección Gerencia de la Organización Sanitaria Integrada Donostialdea, por la que convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo de Jefe de Servicio de Medicina Intensiva.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Miércoles 1 de julio de 2020
3.
Sec. II.B. Pág. 45969
Euskera.
En defecto de este criterio, el empate se resolverá en favor del/de la aspirante con
mayor número de días en servicio activo en su categoría profesional.
Por último, si resultara preciso acudir a un criterio distinto, se resolverá en favor
del/de la aspirante cuya fecha de nacimiento sea anterior en el tiempo.
Para acceder al puesto convocado, será preciso obtener al menos, la mitad de la
puntuación máxima del proceso (33 puntos) y necesariamente, la mitad de la puntuación
otorgada al apartado de la valoración de la Memoria-proyecto de gestión (15 puntos).
El acta recogerá la propuesta de la Comisión de Valoración en favor del/de la
aspirante que haya obtenido la mayor puntuación.
Séptima.
Resolución del procedimiento.
La Comisión, con la firma de todos sus integrantes y con indicación desglosada de la
puntuación obtenida por cada aspirante en cada uno de los apartados, elevará a la
Directora Gerente de la OSI Donostialdea, propuesta de designación en favor del/de la
aspirante que haya obtenido mayor puntuación.
Tal propuesta será publicada en la página web de Osakidetza.
La Dirección Gerencia de la OSI Donostialdea dictará resolución designando al/a la
aspirante propuesto/a, salvo renuncia sobrevenida del/de la mismo/a; en esta
circunstancia podrá ser designada la persona que haya obtenido la siguiente mejor
puntuación, siempre que ésta sea igual o superior a la puntuación mínima exigida.
La Dirección Gerencia de la OSI Donostialdea, en la fase procedimental oportuna,
podrá declarar desierta la convocatoria en los siguientes supuestos:
– Falta de presentación de aspirantes.
– Incumplimiento de los requisitos por los/as aspirantes.
– Insuficiente puntuación, por debajo de la mínima requerida, de los/as aspirantes.
La resolución de la Dirección Gerencia, designando a alguno/a de los/as aspirantes
para el puesto convocado o declarando desierta la convocatoria, será publicada en el
«Boletín Oficial del País Vasco» y en la página web de Osakidetza y en su caso,
notificada al interesado.
Contra la misma podrá interponerse recurso de alzada, ante la Directora General de
Osakidetza, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, computándose el plazo de interposición a partir del día
siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del País Vasco».
Efectos de la adjudicación.
El puesto de Jefatura de Servicio dará lugar al nombramiento temporal por un plazo
de cuatro años, prorrogables en función de lo establecido en el artículo 28. Norma
Tercera de la Ley 8/1997, de 26 de junio (BOPV número 138, de 21 de julio), de
Ordenación Sanitaria de Euskadi.
El/la profesional que acceda al puesto convocado cesará al vencimiento del plazo de
nombramiento, salvo que proceda la circunstancia de prórroga, debiendo ser esta
acordada conforme a procedimiento de evaluación por órgano colegiado que se
establezca en desarrollo de la Ley 8/1997.
Asimismo, podrá ser removido con anterioridad al vencimiento del plazo de
nombramiento en vigor, previo expediente contradictorio y por las causas de traslado
previstas en el artículo 28. Norma Tercera, apartado 6, de la Ley 8/1997.
El cese ordinario o la remoción supondrán el traslado a otro puesto, manteniéndose
en todo caso las condiciones propias de la categoría originaria que ostentara el/la
interesado/a.
cve: BOE-A-2020-7000
Verificable en https://www.boe.es
Octava.
Núm. 181
Miércoles 1 de julio de 2020
3.
Sec. II.B. Pág. 45969
Euskera.
En defecto de este criterio, el empate se resolverá en favor del/de la aspirante con
mayor número de días en servicio activo en su categoría profesional.
Por último, si resultara preciso acudir a un criterio distinto, se resolverá en favor
del/de la aspirante cuya fecha de nacimiento sea anterior en el tiempo.
Para acceder al puesto convocado, será preciso obtener al menos, la mitad de la
puntuación máxima del proceso (33 puntos) y necesariamente, la mitad de la puntuación
otorgada al apartado de la valoración de la Memoria-proyecto de gestión (15 puntos).
El acta recogerá la propuesta de la Comisión de Valoración en favor del/de la
aspirante que haya obtenido la mayor puntuación.
Séptima.
Resolución del procedimiento.
La Comisión, con la firma de todos sus integrantes y con indicación desglosada de la
puntuación obtenida por cada aspirante en cada uno de los apartados, elevará a la
Directora Gerente de la OSI Donostialdea, propuesta de designación en favor del/de la
aspirante que haya obtenido mayor puntuación.
Tal propuesta será publicada en la página web de Osakidetza.
La Dirección Gerencia de la OSI Donostialdea dictará resolución designando al/a la
aspirante propuesto/a, salvo renuncia sobrevenida del/de la mismo/a; en esta
circunstancia podrá ser designada la persona que haya obtenido la siguiente mejor
puntuación, siempre que ésta sea igual o superior a la puntuación mínima exigida.
La Dirección Gerencia de la OSI Donostialdea, en la fase procedimental oportuna,
podrá declarar desierta la convocatoria en los siguientes supuestos:
– Falta de presentación de aspirantes.
– Incumplimiento de los requisitos por los/as aspirantes.
– Insuficiente puntuación, por debajo de la mínima requerida, de los/as aspirantes.
La resolución de la Dirección Gerencia, designando a alguno/a de los/as aspirantes
para el puesto convocado o declarando desierta la convocatoria, será publicada en el
«Boletín Oficial del País Vasco» y en la página web de Osakidetza y en su caso,
notificada al interesado.
Contra la misma podrá interponerse recurso de alzada, ante la Directora General de
Osakidetza, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, computándose el plazo de interposición a partir del día
siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del País Vasco».
Efectos de la adjudicación.
El puesto de Jefatura de Servicio dará lugar al nombramiento temporal por un plazo
de cuatro años, prorrogables en función de lo establecido en el artículo 28. Norma
Tercera de la Ley 8/1997, de 26 de junio (BOPV número 138, de 21 de julio), de
Ordenación Sanitaria de Euskadi.
El/la profesional que acceda al puesto convocado cesará al vencimiento del plazo de
nombramiento, salvo que proceda la circunstancia de prórroga, debiendo ser esta
acordada conforme a procedimiento de evaluación por órgano colegiado que se
establezca en desarrollo de la Ley 8/1997.
Asimismo, podrá ser removido con anterioridad al vencimiento del plazo de
nombramiento en vigor, previo expediente contradictorio y por las causas de traslado
previstas en el artículo 28. Norma Tercera, apartado 6, de la Ley 8/1997.
El cese ordinario o la remoción supondrán el traslado a otro puesto, manteniéndose
en todo caso las condiciones propias de la categoría originaria que ostentara el/la
interesado/a.
cve: BOE-A-2020-7000
Verificable en https://www.boe.es
Octava.