II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2020-7017)
Resolución de 23 de junio de 2020, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema de concurso-oposición, a la Escala de Especialista Técnico (Subgrupo C1).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 1 de julio de 2020

Sec. II.B. Pág. 46021

la que se tomará como referencia a los efectos del cómputo de plazos, bastando dicha
exposición, en la fecha en que se inicie, como notificación a todos los efectos.
14.3 El tribunal, para la realización de las pruebas, podrá designar el personal
colaborador, ayudante y asesor especialista que estime oportuno.
14.4 Los miembros del tribunal, así como el personal colaborador, ayudante y asesor
especialista, deberán abstenerse y podrán ser recusados por las personas interesadas
cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en los artículos 23 y 24 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Asimismo deberán abstenerse aquéllos que hubieren realizado tareas de preparación
de personas aspirantes en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Todos los miembros del tribunal deberán reunir los requisitos establecidos en el
artículo 57.3 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión
de la Función Pública Valenciana, y al menos la mitad más uno de los mismos deberá
tener una titulación correspondiente a la misma área de conocimientos de la exigida para
el ingreso.
14.5 El tribunal, así como el personal colaborador, ayudante y asesor especialista,
podrá exigir de las personas aspirantes, en cualquier momento, que acrediten su identidad.
14.6 A los efectos de comunicaciones y de cualesquiera otras incidencias el tribunal
tendrá su sede en la Universitat Politècnica de València, Camino de Vera, s/n, CP 46071,
Valencia.
14.7 El tribunal tendrá la categoría señalada en el Decreto 88/2008, de 20 de junio,
del Consell de la Generalitat Valenciana, sobre indemnizaciones por razón del servicio y
gratificaciones por servicios.
14.8 El tribunal tendrá la consideración de órgano colegiado de la Administración, y
como tal estará sometido a las normas contenidas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
15.

Recursos

15.1 Contra la presente convocatoria y sus bases, que ponen fin a la vía
administrativa, la persona interesada podrá interponer recurso contencioso administrativo
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en el plazo de dos
meses contados desde el día siguiente al de la publicación en el «Diari Oficial de la
Generalitat Valenciana». Asimismo, con carácter potestativo, se podrá interponer recurso
de reposición, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación en el «Diari
Oficial de la Generalitat Valenciana», ante el mismo órgano que ha dictado la resolución.
Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 114, 115, 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y los artículos 8, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
15.2 Contra los actos del tribunal de selección, que no ponen fin a la vía
administrativa, se podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a
partir del día siguiente al de la notificación o publicación, todo ello de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 121 y 122, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Este recurso se podrá interponer
ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el Rector como órgano competente
para resolverlo.
Valencia, 23 de junio de 2020.–El Rector, Francisco José Mora Mas.

cve: BOE-A-2020-7017
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Núm. 181