II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Funcionarios de la Administración del Estado. (BOE-A-2020-6987)
Resolución de 23 de junio de 2020, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Miércoles 1 de julio de 2020

Sec. II.B. Pág. 45914

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
6987

Resolución de 23 de junio de 2020, de la Presidencia del Consejo Superior de
Deportes, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el
sistema de libre designación.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de
Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificado en su redacción por la
Ley 23/1988, de 28 de julio, y en el Título III, Capítulo III del Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio
de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado,
Esta Presidencia acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre
designación, de los puestos de trabajo que se detallan en el anexo I de esta Resolución,
con arreglo a las siguientes bases:
Primera.
Los puestos de trabajo que se convocan por la presente Resolución, podrán ser
solicitados por el personal funcionario que reúna los requisitos establecidos para el
desempeño de los mismos.
Segunda.
Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes, que deberán ajustarse al modelo
que figura en el anexo II, a la Sra. Presidenta del Consejo Superior de Deportes (Dirección
General de Deportes), calle Martín Fierro, 5, 28040 Madrid, dentro del plazo de 15 días
hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución
en el «Boletín Oficial del Estado».
Tercera.
Además de los datos personales, número de registro de personal y destino actual, se
deberá acompañar a la solicitud un curriculum vitae, en el que se hará constar:
a) Títulos académicos.
b) Puestos de trabajo desempeñados.
c) Estudios y cursos realizados y cuantos otros méritos se estime oportuno poner de
manifiesto.

Cuarta.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, recurso
Contencioso-Administrativo ante el correspondiente Juzgado Central de lo ContenciosoAdministrativo, conforme a lo establecido en los artículos 9.a) y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente
y con carácter previo, recurso de Reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano

cve: BOE-A-2020-6987
Verificable en https://www.boe.es

A la citada solicitud, se podrán acompañar, en todo caso, informes o cualquier otra
documentación que permita apreciar los requisitos exigidos.