III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2020-7026)
Resolución de 22 de junio de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Miércoles 1 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 46059
MANIFIESTAN
Primero.
Que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia de acuerdo con lo
establecido en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e
Instituciones Públicas, y en el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, tiene actualmente suscrito un
Convenio de asistencia jurídica, de fecha 23 de mayo de 2018, con la Abogacía General
del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.
Segundo.
Para ajustar la redacción de una cláusula del Convenio al modelo tipo de Convenio
de asistencia jurídica que utiliza en la actualidad la Abogacía General del EstadoDirección del Servicio Jurídico del Estado, se hace preciso modificar la misma.
Tercero.
Que la cláusula quinta del Convenio de asistencia jurídica establece dos años como
período de duración, así como la posibilidad de prorrogarse la vigencia del mismo como
máximo por dos años más mediante acuerdo expreso de las partes adoptado antes de la
finalización de dicho período de vigencia.
Es por ello que las partes,
ACUERDAN
Primero.
La Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, convienen en modificar y
prorrogar el Convenio de asistencia jurídica suscrito entre ambas el 23 de mayo de 2018.
Segundo.
Prorrogar el Convenio de asistencia jurídica de 23 de mayo de 2018, por dos años
más, de conformidad con lo dispuesto en su cláusula quinta.
Tercero.
«Como contraprestación por el servicio de asistencia jurídica a que se refiere
el Convenio, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia satisfará a la
Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado la
cantidad anual de cuatrocientos nueve mil doscientos cuarenta y ocho euros con
noventa céntimos (409.248,90 €) más IVA, que se abonará por terceras partes
correspondiendo a los períodos: Enero-abril, mayo-agosto y septiembrediciembre.»
Cuarto.
En todo lo demás el Convenio de asistencia jurídica suscrito entre la Abogacía
General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y la Comisión Nacional de
los Mercados y la Competencia, mantiene su vigencia.
cve: BOE-A-2020-7026
Verificable en https://www.boe.es
El primer párrafo de la cláusula sexta queda redactado como sigue:
Núm. 181
Miércoles 1 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 46059
MANIFIESTAN
Primero.
Que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia de acuerdo con lo
establecido en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e
Instituciones Públicas, y en el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, tiene actualmente suscrito un
Convenio de asistencia jurídica, de fecha 23 de mayo de 2018, con la Abogacía General
del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.
Segundo.
Para ajustar la redacción de una cláusula del Convenio al modelo tipo de Convenio
de asistencia jurídica que utiliza en la actualidad la Abogacía General del EstadoDirección del Servicio Jurídico del Estado, se hace preciso modificar la misma.
Tercero.
Que la cláusula quinta del Convenio de asistencia jurídica establece dos años como
período de duración, así como la posibilidad de prorrogarse la vigencia del mismo como
máximo por dos años más mediante acuerdo expreso de las partes adoptado antes de la
finalización de dicho período de vigencia.
Es por ello que las partes,
ACUERDAN
Primero.
La Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, convienen en modificar y
prorrogar el Convenio de asistencia jurídica suscrito entre ambas el 23 de mayo de 2018.
Segundo.
Prorrogar el Convenio de asistencia jurídica de 23 de mayo de 2018, por dos años
más, de conformidad con lo dispuesto en su cláusula quinta.
Tercero.
«Como contraprestación por el servicio de asistencia jurídica a que se refiere
el Convenio, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia satisfará a la
Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado la
cantidad anual de cuatrocientos nueve mil doscientos cuarenta y ocho euros con
noventa céntimos (409.248,90 €) más IVA, que se abonará por terceras partes
correspondiendo a los períodos: Enero-abril, mayo-agosto y septiembrediciembre.»
Cuarto.
En todo lo demás el Convenio de asistencia jurídica suscrito entre la Abogacía
General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y la Comisión Nacional de
los Mercados y la Competencia, mantiene su vigencia.
cve: BOE-A-2020-7026
Verificable en https://www.boe.es
El primer párrafo de la cláusula sexta queda redactado como sigue: