II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Destinos. (BOE-A-2020-6952)
Orden UNI/585/2020, de 22 de junio, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Orden UNI/412/2020, de 30 de abril.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Miércoles 1 de julio de 2020

Sec. II.A. Pág. 45698

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE UNIVERSIDADES
6952

Orden UNI/585/2020, de 22 de junio, por la que se resuelve la convocatoria
de libre designación, efectuada por Orden UNI/412/2020, de 30 de abril.

Por Orden UNI/412/2020, de 30 de abril («Boletín Oficial del Estado» de 15 de
mayo), se anunció convocatoria pública para cubrir, por el procedimiento de libre
designación, tres puestos de trabajo en la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad
y Acreditación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 54 del Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de
Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General
del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se ha emitido informe
motivado por la Dirección de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y
Acreditación, en relación con los tres puestos convocados. En dicho informe se especifican
tanto los criterios de interés general elegidos como prioritarios para decidir el nombramiento,
como los méritos y capacidades que los candidatos propuestos reúnen para el desempeño
de los correspondientes puestos de trabajo.
Por todo ello, este Ministerio, en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 61.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector
Público, resuelve la referida convocatoria según anexo adjunto a la presente orden.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse en el
plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, recurso
contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado Central de lo ContenciosoAdministrativo, conforme a lo establecido en los artículos 9.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y con
carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la
ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

cve: BOE-A-2020-6952
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Madrid, 22 de junio de 2020.–El Ministro de Universidades, P.D. (Orden CNU/450/2019,
de 12 de abril), el Subsecretario de Universidades, Luis Cerdán Ortiz-Quintana.