IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-19675)
MADRID
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Miércoles 1 de julio de 2020
Sec. IV. Pág. 26410
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
19675
MADRID
Edicto.
Don Luis Espinosa Navarro, Letrado de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil, n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 23 de la ley concursal (LC), anuncia:
1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 674/2020, referente a la
sociedad QUVO INTARQ, S.L., con número de identificación B47682471 y
domicilio social en calle Pasada, 22, Alpedrete (28430) Madrid, por auto de fecha
22 de junio de 2020, se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por
insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa.
176 bis 2 y 3.
2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del
deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de
calificación en su caso.
3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo
ordenado en el art 178.3, declarar su extinción y la cancelación de su inscripción
en los Registros Públicos que correspondan.
Madrid, 22 de junio de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Luis
Espinosa Navarro.
cve: BOE-B-2020-19675
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200025967-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 181
Miércoles 1 de julio de 2020
Sec. IV. Pág. 26410
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
19675
MADRID
Edicto.
Don Luis Espinosa Navarro, Letrado de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil, n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 23 de la ley concursal (LC), anuncia:
1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 674/2020, referente a la
sociedad QUVO INTARQ, S.L., con número de identificación B47682471 y
domicilio social en calle Pasada, 22, Alpedrete (28430) Madrid, por auto de fecha
22 de junio de 2020, se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por
insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa.
176 bis 2 y 3.
2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del
deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de
calificación en su caso.
3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo
ordenado en el art 178.3, declarar su extinción y la cancelación de su inscripción
en los Registros Públicos que correspondan.
Madrid, 22 de junio de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Luis
Espinosa Navarro.
cve: BOE-B-2020-19675
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200025967-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X