IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-19654)
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Miércoles 1 de julio de 2020
Sec. IV. Pág. 26385
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
19654
ALICANTE
Doña Cristina Cifo González, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil, n.º 1, de Alicante,en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 23 de la Ley Concursal,
Hago saber:
Primero.- Que por Auto de fecha 18 de junio de 2020 dictado en el
procedimiento con número de autos 417/20 I y N.IG.03014-66-1-2020-0000838, se
ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor Aparados Glover 2010,
S.L., con CIF B-54669049, con domicilio en la calle Galicia, n.º 34, altos, Polígono
Industrial El Pastoret, C.P. 03640, de Monovar (Alicante), al deudor Manufacturas
Manie, S.L., con CIF B-54961537, con domicilio en la calle Galicia, n.º 34, bajos,
Polígono Industrial El Pastoret, C.P. 03640, de Monovar (Alicante), y al deudor
Acabados Diamond, S.L., con CIF n.º 54717822,con domicilio en la calle Galicia,
n.º 34, altos, Polígono Industrial El Pastoret, C.P. 03640, de Monovar (Alicante). Se
ha acordado la apertura de la fase de liquidación, ordenando la disolución de las
citadas sociedades y el cese de los administradores de éstas.
Segundo.- Que los deudores tienen suspendidas sus facultades de
administración y disposición sobre su patrimonio.
Tercero.- Que ha sido nombrado administrador concursal a doña Virginia
Jiménez Castillo, Abogado, con DNI n.º 30969639-R, tfnos. 664671071 y
965206234, fax 965142314, domicilio en la localidad donde tiene su sede este
Juzgado, calle Villegas 4, esc. B, 3 º dcha., 03001 Alicante, y dirección de correo
electrónico concursoaparadosglover@gmail.com
para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de
conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal.
Cuarto.-Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de
la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus
créditos en el plazo de UN MES a contar desde la publicación del presenta en el
"Boletín Oficial del Estado".
Alicante, 26 de junio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia,
Cristina Cifo González.
cve: BOE-B-2020-19654
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200025959-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 181
Miércoles 1 de julio de 2020
Sec. IV. Pág. 26385
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
19654
ALICANTE
Doña Cristina Cifo González, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil, n.º 1, de Alicante,en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 23 de la Ley Concursal,
Hago saber:
Primero.- Que por Auto de fecha 18 de junio de 2020 dictado en el
procedimiento con número de autos 417/20 I y N.IG.03014-66-1-2020-0000838, se
ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor Aparados Glover 2010,
S.L., con CIF B-54669049, con domicilio en la calle Galicia, n.º 34, altos, Polígono
Industrial El Pastoret, C.P. 03640, de Monovar (Alicante), al deudor Manufacturas
Manie, S.L., con CIF B-54961537, con domicilio en la calle Galicia, n.º 34, bajos,
Polígono Industrial El Pastoret, C.P. 03640, de Monovar (Alicante), y al deudor
Acabados Diamond, S.L., con CIF n.º 54717822,con domicilio en la calle Galicia,
n.º 34, altos, Polígono Industrial El Pastoret, C.P. 03640, de Monovar (Alicante). Se
ha acordado la apertura de la fase de liquidación, ordenando la disolución de las
citadas sociedades y el cese de los administradores de éstas.
Segundo.- Que los deudores tienen suspendidas sus facultades de
administración y disposición sobre su patrimonio.
Tercero.- Que ha sido nombrado administrador concursal a doña Virginia
Jiménez Castillo, Abogado, con DNI n.º 30969639-R, tfnos. 664671071 y
965206234, fax 965142314, domicilio en la localidad donde tiene su sede este
Juzgado, calle Villegas 4, esc. B, 3 º dcha., 03001 Alicante, y dirección de correo
electrónico concursoaparadosglover@gmail.com
para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de
conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal.
Cuarto.-Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de
la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus
créditos en el plazo de UN MES a contar desde la publicación del presenta en el
"Boletín Oficial del Estado".
Alicante, 26 de junio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia,
Cristina Cifo González.
cve: BOE-B-2020-19654
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200025959-1
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X