IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN. (BOE-B-2020-19504)
VIGO
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180
Martes 30 de junio de 2020
Sec. IV. Pág. 26194
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
19504
VIGO
Edicto.
Doña Marta de La Rubia Almuiña, Letrada de la Administración de Justicia de
Xdo. Primeira Instancia n.º 3 de Vigo, por el presente,
Hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I
Declaración Concurso 1121/2019, y Nig n.º 36057 42 1 2019 0012461, se ha
dictado en fecha 19 de junio de 2020, Auto de conclusión del concurso de
acreedores por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la
masa, del deudor doña María Luisa Vargas Alonso, con DNI n.º 36008337C, con
domicilio en la c/ León, n.º 11, 4.º-B, Vigo.
2.º Cesan las facultades de administración y disposición de dicho deudor.
3.º Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración
concursal, y el cese de la misma.
4.º El deudor queda responsable del pago de los créditos no satisfechos, tan
sólo en los términos de la resolución dictada en las presentes en fecha 19 de junio
de 2020.
Vigo, 22 de junio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Marta
de La Rubia Almuiña.
cve: BOE-B-2020-19504
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200025577-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 180
Martes 30 de junio de 2020
Sec. IV. Pág. 26194
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
19504
VIGO
Edicto.
Doña Marta de La Rubia Almuiña, Letrada de la Administración de Justicia de
Xdo. Primeira Instancia n.º 3 de Vigo, por el presente,
Hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I
Declaración Concurso 1121/2019, y Nig n.º 36057 42 1 2019 0012461, se ha
dictado en fecha 19 de junio de 2020, Auto de conclusión del concurso de
acreedores por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la
masa, del deudor doña María Luisa Vargas Alonso, con DNI n.º 36008337C, con
domicilio en la c/ León, n.º 11, 4.º-B, Vigo.
2.º Cesan las facultades de administración y disposición de dicho deudor.
3.º Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración
concursal, y el cese de la misma.
4.º El deudor queda responsable del pago de los créditos no satisfechos, tan
sólo en los términos de la resolución dictada en las presentes en fecha 19 de junio
de 2020.
Vigo, 22 de junio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Marta
de La Rubia Almuiña.
cve: BOE-B-2020-19504
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200025577-1
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