V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2020-19606)
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid por el que se somete a Información Pública el "Estudio de delimitación de tramo urbano y fijación de la línea límite de edificación en el tramo de la A-2 entre los pp.kk. 33+675 y 44+300 (M.I.) a su paso por el municipio de Azuqueca de Henares (Guadalajara)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180

Martes 30 de junio de 2020

Sec. V-B. Pág. 26330

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

19606

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid por el
que se somete a Información Pública el "Estudio de delimitación de
tramo urbano y fijación de la línea límite de edificación en el tramo de la
A-2 entre los pp.kk. 33+675 y 44+300 (M.I.) a su paso por el municipio
de Azuqueca de Henares (Guadalajara)".

Con fecha 1 de junio de 2020, el Subdirector General de Explotación, P.D. del
Director General de Carreteras (Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio), ha
resuelto:
- Aprobar provisionalmente el Estudio de delimitación de tramo urbano y
fijación de la línea límite de edificación en el tramo de la A-2 entre los pp.kk.
33+675 y 44+300 (M.I.) a su paso por el municipio de Azuqueca de Henares
(Guadalajara), de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 37/2015,
de 29 de septiembre, de Carreteras, según lo siguiente:
· Delimitar como tramo urbano el comprendido entre los pp.kk. 38+675 y
44+300 de la A-2 en el T.M. de Azuqueca de Henares (Madrid).
· Fijar para el tramo urbano establecido en el punto anterior, la línea límite de
edificación, según los planos del Estudio de delimitación de tramos urbanos
presentado, y adjunto en el presente informe, en consonancia con los retranqueos
de 5 y 10 m establecidos en las ordenanzas desde la alineaciones oficiales de los
Planos de Ordenación del PGOU del municipio de Azuqueca (Madrid) y teniendo
en cuenta las situaciones excepcionales en algunas de las parcelas marcadas por
las obras del tercer carril de la A-2 en cuyo caso se establece como referencia para
los retranqueos la línea de dominio público o la que marca el límite de propiedad o
vallado existente, según los planos adjuntos. Para mayor claridad en la lectura de
los citados planos, se considera necesario indicar que la línea propuesta es la de
trazo rojo grueso excepto en las zonas en las que esta línea no está marcada, por
situarse más allá de la línea límite señalada en el art. 33 de la Ley 37/2015, en
cuyo caso, se mantiene la citada línea.
· Fijar el borde exterior de la zona de dominio público, medido horizontal y
perpendicularmente desde la arista exterior de la explanación, a 8 metros entre los
pp.kk. 38+675 y 44+300, de la A-2, excepto en la zona de la vía de servicio, en
donde será a 3 m de la citada arista.

- Tramitar el Estudio de Delimitación de Tramo Urbano según el procedimiento
establecido en el artículo 48 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de
carreteras, lo cual supone:
· Notificar el Estudio a la Comunidad de Madrid, a la Junta de Castilla la
Mancha y al Excmo. Ayuntamiento de Azuqueca de Henares (Guadalajara), a fin
de que, en el plazo de dos meses emitan informe.

cve: BOE-B-2020-19606
Verificable en https://www.boe.es

· Fijar el borde exterior de la zona de servidumbre, medido en horizontal y
perpendicularmente desde la arista exterior de la explanación, a 25 metros entre
los pp.kk. 38+675 y 44+300, de la A-2, excepto en la zona de la vía de servicio, en
donde no se genera servidumbre.