III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2020-6884)
Resolución de 18 de junio de 2020, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión al Instituto Canario de Investigaciones Agrarias para la realización de los trabajos relacionados con los exámenes técnicos de identificación varietal de platanera y piña tropical necesarios para el registro de variedades vegetales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 179

Lunes 29 de junio de 2020

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de platanera y piña tropical y el estudio de su comportamiento agronómico. Formación
en examen DHE y procedimientos de la UPOV. Capacidad para dirigir equipos de
trabajo. Conocimiento del idioma inglés.
– Ingeniero Técnico Agrícola, técnico examinador. Mantenimiento de las bases de
datos de las colecciones de frutales. Experiencia en la descripción morfológica de
platanera y piña tropical.
– Capataz agrícola, experiencia en trabajos de campo.
Medios materiales:
– Colecciones de variedades de referencia de platanera y piña tropical.
– Laboratorio de análisis del material vegetal que permita realizar todos los análisis
establecidos por los protocolos pertinentes.
– Laboratorio de caracterización molecular.
4. Valoración y abono de los trabajos
Los trabajos a abonar son los siguientes de acuerdo a las tareas o características
descritas:
1.

Examen técnico DHE. Se concreta en los siguientes informes:

– Informe provisional. Uno por anualidad para cada variedad recogida en la «lista de
variedades a ensayar», salvo el último año del ensayo DHE.
– Informe final DHE. Uno por variedad, como culminación del proceso de ensayo
DHE, en la última anualidad del mismo.
2. Ensayos de identificación de variedades frutales mediante marcadores
moleculares:
– Informe con la caracterización molecular de las variedades objeto de estudio.

cve: BOE-A-2020-6884
Verificable en https://www.boe.es

Los trabajos se abonarán por el MAPA una vez recibidos los informes realizados y
detallados en la factura, en fecha dependiente de los ciclos biológicos de cada una de
las especies, y certificados de conformidad por el Director de los trabajos.
Se aceptará una única fecha de entrega para todos los informes de una misma
categoría (provisional o final) para una misma especie.
La entrega de los informes de marcadores moleculares se podrá hacer coincidir con
cualquiera de las entregas de informes provisionales o finales.
Todos los informes correspondientes a una anualidad deberán haber sido entregados
a la OEVV con anterioridad al 15 de noviembre del correspondiente año.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X