IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN. (BOE-B-2020-18982)
VALENCIA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178
Sábado 27 de junio de 2020
Sec. IV. Pág. 25596
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
18982
VALENCIA
Doña Helena Agustí Pons, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de Primera Instancia nº 29 de Valencia, de conformidad con lo previsto en
los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente,
HAGO SABER:
Que en este Juzgado se tramitan Autos de Concurso Abreviado (CNA) 000337/2020, habiéndose dictado en fecha 16 de junio de 2020 por la Ilma. Sra.
Magistrado-Juez Auto de Nulidad del Auto de fecha 29 de mayo de 2020 de
Concurso Voluntario Abreviado de Acreedores de VICENTE FERRAGUT VIDAL y
NIF Nº 73938004L.
Que se ha acordado reponer las actuaciones al estado inmediatamente
anterior al efecto que originó la nulidad.
Se inadmite la solicitud formulada por don NOE GARRIGUES MAFE de
declaración de concurso voluntario, al haber sido declarado previamente el mismo
en situación de concurso voluntario en fecha 6 de marzo de 2020 en autos 289/
2020.
Valencia, 18 de junio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia,
Helena Agustí Pons.
cve: BOE-B-2020-18982
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200024871-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 178
Sábado 27 de junio de 2020
Sec. IV. Pág. 25596
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
18982
VALENCIA
Doña Helena Agustí Pons, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de Primera Instancia nº 29 de Valencia, de conformidad con lo previsto en
los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente,
HAGO SABER:
Que en este Juzgado se tramitan Autos de Concurso Abreviado (CNA) 000337/2020, habiéndose dictado en fecha 16 de junio de 2020 por la Ilma. Sra.
Magistrado-Juez Auto de Nulidad del Auto de fecha 29 de mayo de 2020 de
Concurso Voluntario Abreviado de Acreedores de VICENTE FERRAGUT VIDAL y
NIF Nº 73938004L.
Que se ha acordado reponer las actuaciones al estado inmediatamente
anterior al efecto que originó la nulidad.
Se inadmite la solicitud formulada por don NOE GARRIGUES MAFE de
declaración de concurso voluntario, al haber sido declarado previamente el mismo
en situación de concurso voluntario en fecha 6 de marzo de 2020 en autos 289/
2020.
Valencia, 18 de junio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia,
Helena Agustí Pons.
cve: BOE-B-2020-18982
Verificable en https://www.boe.es
ID: A200024871-1
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