II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2020-6844)
Resolución de 9 de junio de 2020, de la Universidad de Málaga, por la que, en ejecución de sentencia, se modifica la de 28 de octubre de 2019, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Administrativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178
Sábado 27 de junio de 2020
Sec. II.B. Pág. 45284
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
UNIVERSIDADES
6844
Resolución de 9 de junio de 2020, de la Universidad de Málaga, por la que,
en ejecución de sentencia, se modifica la de 28 de octubre de 2019, por la
que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala
Administrativa.
En virtud de Sentencia número 91/2020 del Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo número 3 de Málaga se estima el recurso contencioso-administrativo
interpuesto contra la convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso en la escala
Administrativa de la Universidad de Málaga operada por Resolución de 28 de octubre
de 2019 (BOE de 7 de noviembre), y se anula la valoración de méritos contenida en el
apartado «fase de concurso» del anexo I.
En ejecución de la citada Sentencia, este Rectorado ha resuelto modificar el citado
anexo I de la convocatoria, procediendo a establecer un nuevo baremo para la
valoración de méritos en la fase de concurso, de acuerdo con las exigencias de la
sentencia aludida, y procediendo a la conservación de todos los actos y trámites del
procedimiento que ya se han efectuado, anteriores a la fase de concurso, en los términos
siguientes:
«ANEXO I
Apartado 2. Fase de concurso
1. Por servicios prestados como funcionario interino de la Escala
Administrativa de la Universidad de Málaga o en otras Universidades públicas
como funcionario en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 de Administración
general hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes, 0,44 puntos
por cada mes completo de trabajo, o la parte proporcional en días.
cve: BOE-A-2020-6844
Verificable en https://www.boe.es
Los aspirantes que superen la fase de oposición deberán aportar, en el plazo
que el Tribunal determine, la documentación acreditativa de los méritos alegados
para la fase de concurso, sin que puedan añadirse otros méritos que los
referenciados en la solicitud, en los términos de lo establecido en la base 3.1 de la
presente Resolución.
El Tribunal hará pública la puntuación obtenida en la fase de concurso por los
aspirantes que hayan superado la fase de oposición, tras la superación de los dos
ejercicios, cada uno de los cuales tendrán carácter eliminatorio.
Contra la puntuación otorgada por el Tribunal, podrán los interesados
interponer reclamación en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día
siguiente a la publicación de la misma, transcurridos los cuales el Tribunal
publicará las puntuaciones definitivas.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse
para superar la fase de oposición.
La fase de concurso se valorará de 0 a 40 puntos.
En dicha fase, se valorarán los siguientes méritos, hasta el máximo
establecido, de acuerdo con la siguiente escala:
Núm. 178
Sábado 27 de junio de 2020
Sec. II.B. Pág. 45284
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
UNIVERSIDADES
6844
Resolución de 9 de junio de 2020, de la Universidad de Málaga, por la que,
en ejecución de sentencia, se modifica la de 28 de octubre de 2019, por la
que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala
Administrativa.
En virtud de Sentencia número 91/2020 del Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo número 3 de Málaga se estima el recurso contencioso-administrativo
interpuesto contra la convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso en la escala
Administrativa de la Universidad de Málaga operada por Resolución de 28 de octubre
de 2019 (BOE de 7 de noviembre), y se anula la valoración de méritos contenida en el
apartado «fase de concurso» del anexo I.
En ejecución de la citada Sentencia, este Rectorado ha resuelto modificar el citado
anexo I de la convocatoria, procediendo a establecer un nuevo baremo para la
valoración de méritos en la fase de concurso, de acuerdo con las exigencias de la
sentencia aludida, y procediendo a la conservación de todos los actos y trámites del
procedimiento que ya se han efectuado, anteriores a la fase de concurso, en los términos
siguientes:
«ANEXO I
Apartado 2. Fase de concurso
1. Por servicios prestados como funcionario interino de la Escala
Administrativa de la Universidad de Málaga o en otras Universidades públicas
como funcionario en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 de Administración
general hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes, 0,44 puntos
por cada mes completo de trabajo, o la parte proporcional en días.
cve: BOE-A-2020-6844
Verificable en https://www.boe.es
Los aspirantes que superen la fase de oposición deberán aportar, en el plazo
que el Tribunal determine, la documentación acreditativa de los méritos alegados
para la fase de concurso, sin que puedan añadirse otros méritos que los
referenciados en la solicitud, en los términos de lo establecido en la base 3.1 de la
presente Resolución.
El Tribunal hará pública la puntuación obtenida en la fase de concurso por los
aspirantes que hayan superado la fase de oposición, tras la superación de los dos
ejercicios, cada uno de los cuales tendrán carácter eliminatorio.
Contra la puntuación otorgada por el Tribunal, podrán los interesados
interponer reclamación en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día
siguiente a la publicación de la misma, transcurridos los cuales el Tribunal
publicará las puntuaciones definitivas.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse
para superar la fase de oposición.
La fase de concurso se valorará de 0 a 40 puntos.
En dicha fase, se valorarán los siguientes méritos, hasta el máximo
establecido, de acuerdo con la siguiente escala: