III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. Impacto ambiental. (BOE-A-2011-10587)
Resolución de 6 de junio de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Base contra incendios helipuerto de Cebreros, Ávila.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Viernes 17 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 62871

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL
Y MARINO
10587

Resolución de 6 de junio de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio
Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Base contra
incendios helipuerto de Cebreros, Ávila.

El texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado
por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, prevé que los proyectos públicos o
privados consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra
actividad comprendida en el anexo II, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I
que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Natura 2000, deben ser
evaluados por el órgano ambiental a los efectos de determinar con claridad las posibles
afecciones y medidas correctoras aplicables al mismo, o, en su caso, el sometimiento al
procedimiento de evaluación de impacto ambiental regulado en la sección 1.ª del capítulo II
de dicha Ley.
El proyecto Base contra incendios helipuerto de Cebreros (Ávila), se encuentra
encuadrado en el apartado k), del grupo 9, del referido anexo II.
En el análisis del expediente, se comprueba, por las propias indicaciones del promotor,
que el helipuerto se encuentra construido y operando normalmente desde hace 15 años.
La tramitación ambiental se centrará, por tanto, en la explotación del helipuerto, en virtud
de un Informe de la Abogacía del Estado del Ministerio de Fomento, de fecha 08 de julio
2008, referido a los procedimientos para la autorización de establecimiento de aeródromos
privados. Dicho Informe considera que en este tipo de proyectos, cuando se trata de
infraestructuras ya construidas, los potenciales impactos ligados a la fase de explotación
muchas veces tienen una trascendencia muy superior a los impactos ligados a la
construcción, siendo posible identificar y establecer las medidas preventivas, correctoras
o compensatorias para la adecuada protección del medio ambiente.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.
Objeto.–El proyecto tiene como fin la legalización del helipuerto ya existente para su
utilización en exclusiva en los servicios de extinción de incendios forestales, en condiciones
de vuelo visual (VFR) diurnas. Según la documentación ambiental, se han utilizado las
instalaciones existentes desde hace unos 15 años, habiéndose adecuado a lo largo de los
años a la normativa aeronáutica. Por lo tanto, no se va a realizar ningún tipo de obra.
Descripción.–Este helipuerto de superficie está constituido por las siguientes superficies
principales:

Además de las superficies antes descritas, existen una serie de instalaciones anexas:
Red de energía eléctrica.
Depósito de combustible.
Abastecimiento de agua.

cve: BOE-A-2011-10587

Área de aproximación final y despegue (FATO): 20,08 m de diámetro en hormigón.
Área de toma de contacto y de elevación inicial (TLOF).
Área Seguridad (SA).
Área de servicios (SE).