III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2011-10580)
Resolución de 6 de junio de 2011, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se publica el Protocolo general con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y Minas de Almadén y Arrayanes, SA, para el impulso del Centro Tecnológico Nacional de Descontaminación del Mercurio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144
Viernes 17 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 62723
4. Ausencia de compromisos de gastos.–El presente protocolo general no supone la
adquisición de compromiso de gasto alguno con cargo al presupuesto del Ministerio de
Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.
5. Comisión de Seguimiento.–Se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento,
que se reunirá, al menos, una vez al año y, en su caso, cuando una de las partes lo
solicite.
La Comisión estará formada por los siguientes miembros:
Tres representantes del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, dos
nombrados por el Director General de Calidad y Evaluación Ambiental, y uno por el
Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Dos representantes de MAYASA, nombrados por su Presidente.
Dos representantes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, nombrados
por el Director General de Evaluación Ambiental.
Las partes podrán designar suplentes de los miembros de la Comisión, cuando sus
titulares no puedan asistir a sus reuniones. Igualmente podrán invitar a aquellas personas
que por sus conocimientos juzguen conveniente.
La Comisión Mixta de Seguimiento tendrá las siguientes funciones:
Analizar y proponer las estrategias y actuaciones a realizar.
Proponer el programa marco de actuaciones.
Velar por el cumplimiento del protocolo general y resolver las posibles discrepancias
en su interpretación o aplicación.
6. Publicidad.–En las actuaciones que se ejecuten en desarrollo del presente
protocolo general, se deberá dar la adecuada publicidad con la identidad corporativa de
las entidades firmantes.
Las entidades firmantes estarán informadas y debidamente representadas en todos
los actos públicos que se organicen en relación con las actuaciones objeto del presente
texto.
7. Resolución del Protocolo General.–El presente protocolo general se extinguirá,
además de por el cumplimiento de su periodo de vigencia, por las siguientes causas:
a. Por acuerdo mutuo de las partes.
b. Si se produjesen circunstancias que hicieran imposible o innecesaria la realización
de las actuaciones previstas.
c. El incumplimiento de las cláusulas del presente protocolo general por cualquiera
de las partes.
Y en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, se
firma el presente documento en el lugar y fecha al principio mencionados.–La Secretaria
de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.–El Consejero de Agricultura y
Medio Ambiente, José Luis Martínez Guijarro.–El Presidente de Minas de Almadén y
Arrayanes, S.A., Eduardo Martínez López.
http://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2011-10580
8. Naturaleza.–El presente documento es un protocolo general de carácter
administrativo y fija el marco general para el desarrollo de la colaboración entre todas las
Entidades suscriptoras a fin de alcanzar el logro de un asunto de mutuo interés, conforme
al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Las controversias sobre su interpretación y ejecución serán resueltas, una vez agotada
la vía de la Comisión Mixta de Seguimiento prevista en el mismo, por el orden jurisdiccional
contencioso administrativo.
9. Publicación.–Este protocolo general se publicará en el «Boletín Oficial del Estado»
y en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha».
Núm. 144
Viernes 17 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 62723
4. Ausencia de compromisos de gastos.–El presente protocolo general no supone la
adquisición de compromiso de gasto alguno con cargo al presupuesto del Ministerio de
Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.
5. Comisión de Seguimiento.–Se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento,
que se reunirá, al menos, una vez al año y, en su caso, cuando una de las partes lo
solicite.
La Comisión estará formada por los siguientes miembros:
Tres representantes del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, dos
nombrados por el Director General de Calidad y Evaluación Ambiental, y uno por el
Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Dos representantes de MAYASA, nombrados por su Presidente.
Dos representantes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, nombrados
por el Director General de Evaluación Ambiental.
Las partes podrán designar suplentes de los miembros de la Comisión, cuando sus
titulares no puedan asistir a sus reuniones. Igualmente podrán invitar a aquellas personas
que por sus conocimientos juzguen conveniente.
La Comisión Mixta de Seguimiento tendrá las siguientes funciones:
Analizar y proponer las estrategias y actuaciones a realizar.
Proponer el programa marco de actuaciones.
Velar por el cumplimiento del protocolo general y resolver las posibles discrepancias
en su interpretación o aplicación.
6. Publicidad.–En las actuaciones que se ejecuten en desarrollo del presente
protocolo general, se deberá dar la adecuada publicidad con la identidad corporativa de
las entidades firmantes.
Las entidades firmantes estarán informadas y debidamente representadas en todos
los actos públicos que se organicen en relación con las actuaciones objeto del presente
texto.
7. Resolución del Protocolo General.–El presente protocolo general se extinguirá,
además de por el cumplimiento de su periodo de vigencia, por las siguientes causas:
a. Por acuerdo mutuo de las partes.
b. Si se produjesen circunstancias que hicieran imposible o innecesaria la realización
de las actuaciones previstas.
c. El incumplimiento de las cláusulas del presente protocolo general por cualquiera
de las partes.
Y en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, se
firma el presente documento en el lugar y fecha al principio mencionados.–La Secretaria
de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.–El Consejero de Agricultura y
Medio Ambiente, José Luis Martínez Guijarro.–El Presidente de Minas de Almadén y
Arrayanes, S.A., Eduardo Martínez López.
http://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2011-10580
8. Naturaleza.–El presente documento es un protocolo general de carácter
administrativo y fija el marco general para el desarrollo de la colaboración entre todas las
Entidades suscriptoras a fin de alcanzar el logro de un asunto de mutuo interés, conforme
al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Las controversias sobre su interpretación y ejecución serán resueltas, una vez agotada
la vía de la Comisión Mixta de Seguimiento prevista en el mismo, por el orden jurisdiccional
contencioso administrativo.
9. Publicación.–Este protocolo general se publicará en el «Boletín Oficial del Estado»
y en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha».