III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. Datos de carácter personal. (BOE-A-2011-10581)
Orden ARM/1683/2011, de 2 de junio, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Viernes 17 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 62756

d) Comunicaciones de los datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o
las categorías de destinatarios y legislación aplicable: Hacienda Pública y Administración
Tributaria, entidades financieras, artículo 11.2 c) de la Ley Orgánica 15/1999.
e) Transferencias Internacionales previstas a terceros países, con indicación, en su
caso, de los países de destino de los datos: No hay previstas transferencias internacionales
de datos.
f) Órganos responsables del fichero: Secretaría General del Medio Rural.
g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercerse los derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de Desarrollo Sostenible del
Medio Rural, C/ Alfonso XII, 62, 28014 Madrid.
h) Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible de acuerdo con lo
establecido en el título VIII del RLOPD: Básico.
a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de
su finalidad y usos previstos.
a.1)
a.2)

Identificación del fichero: Registro de arrendamientos rústicos.
Finalidad y usos previstos: Gestión del Registro.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende
obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el
procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.
b.1)
b.2)

Colectivo: Solicitantes, propietarios, arrendatarios.
Procedencia: Administraciones públicas.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su
organización.
c.1)

Estructura: Datos identificativos: NIF, nombre y apellidos.

Otras categorías de datos de carácter personal: Características personales.
Datos especialmente protegidos:
c.2)

Sistema de tratamiento: No automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o
las categorías de destinatarios y legislación aplicable: No hay previstas comunicaciones
de datos.
e) Transferencias internacionales previstas a terceros países, con indicación, en su
caso, de los países de destino de los datos: No hay previstas transferencias internacionales
de datos.
f) Órganos responsables del fichero: Secretaría General del Medio Rural.
g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercerse los derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de Desarrollo Sostenible del
Medio Rural, C/ Alfonso XII, 62, 28014 Madrid.
h) Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible de acuerdo con lo
establecido en el título VIII del RLOPD: Básico.
Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de
su finalidad y usos previstos.
a.1) Identificación del fichero: Habilitaciones enología.
a.2) Finalidad y usos previstos: Registro de habilitaciones previstas en el artículo 12
del Real Decreto 595/2002, de 28 de junio, por el que se regula la habilitación para ejercer

cve: BOE-A-2011-10581

Subdirección General de Calidad Diferenciada y Agricultura Ecológica.