III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. Datos de carácter personal. (BOE-A-2011-10581)
Orden ARM/1683/2011, de 2 de junio, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Viernes 17 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 62748

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su
organización.
c.1)

Estructura: Datos identificativos: Número cuenta proveedor o acreedor.

Otras categorías de datos de carácter personal:
Datos especialmente protegidos:
c.2)

Sistema de tratamiento: Automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o
las categorías de destinatarios y legislación aplicable: Administración Tributaria, IGAE,
art. 11.2 c de la Ley 15/1999.
e) Transferencias Internacionales previstas a terceros países, con indicación, en su
caso, de los países de destino de los datos: No hay previstas transferencias internacionales
de datos.
f) Órganos responsables del fichero: Secretaría de Estado de Medio rural y Agua.
g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercerse los derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición: Dirección General del Agua. Subdirección General
de Programación Económica, plaza de San Juan de la Cruz, s/n., 28003 Madrid.
h) Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible de acuerdo con lo
establecido en el título VIII del RLOPD: Básico.
a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de
su finalidad y usos previstos.
a.1) Identificación del fichero: Senda. DGA. Convenios.
a.2) Finalidad y usos previstos: Gestión de datos generales sobre participantes en
convenios como autores de proyectos o pliegos de prescripciones técnicas o directores de
trabajos.
b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende
obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el
procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.
b.1) Colectivo: Personas físicas o jurídicas relacionadas con el procedimiento
administrativo.
b.2) Procedencia: El propio interesado o su representante legal; administraciones
públicas.
c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su
organización.
c.1) Estructura: Datos identificativos: nombre y apellidos autores proyecto, pliego o
directores trabajo.
Otras categorías de datos de carácter personal:
Datos especialmente protegidos:
Sistema de tratamiento: Automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o
las categorías de destinatarios y legislación aplicable: No hay previstas comunicaciones
de datos.
e) Transferencias Internacionales previstas a terceros países, con indicación, en su
caso, de los países de destino de los datos: No hay previstas transferencias internacionales
de datos.
f) Órganos responsables del fichero: Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua.

cve: BOE-A-2011-10581

c.2)