III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. Datos de carácter personal. (BOE-A-2011-10581)
Orden ARM/1683/2011, de 2 de junio, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Viernes 17 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 62736

d) Comunicaciones de los datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o
las categorías de destinatarios y legislación aplicable: Administraciones públicas
(comunidades autónomas y corporaciones locales), Ley 22/1988, de 23 de julio, de Costas;
Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social;
Real Decreto 1404/2007, Real Decreto 1387/2008.
e) Transferencias Internacionales previstas a terceros países, con indicación, en su
caso, de los países de destino de los datos: No hay previstas transferencias internacionales
de datos.
f) Órganos responsables del fichero: Secretaría de Estado de Cambio Climático.
g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercerse los derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y
del Mar. Subdirección General de Gestión del Dominio Público Marítimo-Terrestre, plaza
de San Juan de la Cruz, s/n., 28003 Madrid.
h) Nivel básico, medio o alto de seguridad que resulte exigible de acuerdo con lo
establecido en el título VIII del RLOPD: Básico.
a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de
su finalidad y usos previstos.
a.1) Identificación del fichero: Interlocutores comerciales.
a.2) Finalidad y usos previstos: Gestión de datos generales sobre terceros para
tramitación, seguimiento y gestión de expedientes de contratación, tasas, adscripciones
del dominio público, concesiones, sancionadores, autorizaciones.
b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende
obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el
procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.
b.1) Colectivo: Los solicitantes (personas físicas o jurídicas que solicitan concesiones,
autorizaciones, etc., personas físicas y jurídicas que establecen relaciones contractuales,
obras, servicios y suministros con la dirección general).
b.2) Procedencia: El propio interesado o su representante legal; administraciones
públicas.
c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.
c.1) Estructura: Datos identificativos: NIF/DNI; nombre y apellidos; direcciones; NIF
antiguos de aquellos que cambiaron con la Orden EHA/451/2008, de 20 de febrero.
Otras categorías de datos de carácter personal:
Datos especialmente protegidos:
Sistema de tratamiento: Automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o
las categorías de destinatarios y legislación aplicable: Hacienda Pública y Administración
Tributaria; administraciones públicas (comunidades autónomas y corporaciones locales),
Ley 22/1988, de 23 de julio, de Costas; Ley 53/2002 de 30 de diciembre, de Medidas
Fiscales, Administrativas y del Orden Social; Real Decreto 1404/2007, Real Decreto
1387/2008.
e) Transferencias Internacionales previstas a terceros países, con indicación, en su
caso, de los países de destino de los datos: No hay previstas transferencias internacionales
de datos.
f) Órganos responsables del fichero: Secretaría de Estado de Cambio Climático.
g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercerse los derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y
del Mar. Subdirección General de Gestión del Dominio Público Marítimo-Terrestre, plaza
de San Juan de la Cruz, s/n., 28003 Madrid.

cve: BOE-A-2011-10581

c.2)