I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA. Medidas extraordinarias. (BOE-A-2011-10541)
Ley 5/2010, de 27 de diciembre, de medidas extraordinarias para la sostenibilidad de las finanzas públicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Viernes 17 de junio de 2011

De lunes a viernes

Guardia de presencia física de 17 horas.

199,97 euros

Sec. I. Pág. 62567

Sábados, domingos y festivos

230,27 euros
Domingos y festivos

Guardia de presencia física de 24 horas.

325,08 euros
De lunes a viernes

Sábados, domingos y festivos

Tercer año:
Guardia de presencia física de 12 horas.
Guardia de presencia física de 17 horas.

159,73 euros
226,29 euros

Guardia de presencia física de 24 horas.
De lunes a viernes

181,01 euros
256,43 euros
Domingos y festivos
362,02 euros
Sábados, domingos y festivos

Cuarto y quinto año:
Guardia de presencia física de 12 horas.
Guardia de presencia física de 17 horas.

181,01 euros
256,43 euros

Guardia de presencia física de 24 horas.

212,87 euros
301,56 euros
Domingos y festivos
425,74 euros

Las guardias localizadas se abonarán al 50% del valor señalado para las guardias de presencia física.
B)

RESIDENTES EN ATENCIÓN PRIMARIA.
De lunes a viernes

MIR Primer año (Valor hora):
MIR Segundo año (Valor hora):
MIR Tercer año (Valor hora):
MIR Cuarto año y quinto año (Valor hora):

9,95 euros
11,76 euros.
13,31 euros
15,09 euros

Sábados, domingos y festivos

10,84 euros
13,55 euros
15,08 euros
17,74 euros

Las guardias localizadas se abonarán al 50% del valor señalado para las guardias de presencia física.
C) VALOR DE LAS GUARDIAS QUE SE REALICEN LOS DÍAS 24, 25 Y 31 DE DICIEMBRE Y 1, 5 Y 6 DE ENERO.
El valor de la hora de guardia que se realice durante tales días se incrementará en un 40% sobre el valor aplicable al resto de
días de acuerdo a lo dispuesto en los apartados anteriores.
IV) SUPERVISORES DE ÁREA Y DE UNIDAD.
Importe

105,59 euros
150,84 euros
362,02 euros
118,00 euros
168,57 euros
404,57 euros

VALOR DE LAS GUARDIAS QUE SE REALICEN LOS DÍAS 24, 25 Y 31 DE DICIEMBRE y 1, 5 y 6 DE ENERO.
El valor de la hora de guardia que se realice durante tales días se incrementará en un 40% sobre el valor
aplicable al resto de días de acuerdo a lo dispuesto en los apartados anteriores.
V)

DIPLOMADOS DE ENFERMERÍA EN ATENCIÓN PRIMARIA.

cve: BOE-A-2011-10541

Módulo de 7 horas (de lunes a viernes).
Módulo de 10 horas (de lunes a viernes).
Módulo de 24 horas (de lunes a viernes).
Módulo de 7 horas (Sábados, domingos y festivos).
Módulo de 10 horas (Sábados, domingos y festivos).
Módulo de 24 horas (Sábados, domingos y festivos).
Las guardias localizadas se abonarán al 50% del valor señalado para las guardias de presencia física.