IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2011-20335)
VALLADOLID
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143
Jueves 16 de junio de 2011
Sec. IV. Pág. 67772
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
20335
VALLADOLID
Edicto.
Doña María Begoña Ozamiz Bageneta, Secretaria Judicial del Juzgado de lo
Mercantil número 1 de Valladolid, por el presente,
Hago saber:
Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I
declaración concurso 166/2011, se ha dictado a instancias de Conmerkris, S.L.,
con CIF B-47662978 en fecha 25 de mayo de 2011, auto de declaración de
concurso voluntario del deudor Conmerkris, S.L., cuyo centro de intereses
principales lo tiene en la calle José Luis Arrese, número 35, 5° B de Valladolid.
Segundo.- Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición
sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del
administrador concursal, mediante autorización.
Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para
que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus
créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley
Concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de 1
mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial
del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado
en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se
expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como
los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento,
características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio
especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales,
acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los
documentos relativos al crédito.
Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a
(artículo 184.3 Ley Concursal).
Valladolid, 31 de mayo de 2011.- La Secretaria Judicial.
cve: BOE-B-2011-20335
ID: A110049198-1
http://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 143
Jueves 16 de junio de 2011
Sec. IV. Pág. 67772
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
20335
VALLADOLID
Edicto.
Doña María Begoña Ozamiz Bageneta, Secretaria Judicial del Juzgado de lo
Mercantil número 1 de Valladolid, por el presente,
Hago saber:
Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I
declaración concurso 166/2011, se ha dictado a instancias de Conmerkris, S.L.,
con CIF B-47662978 en fecha 25 de mayo de 2011, auto de declaración de
concurso voluntario del deudor Conmerkris, S.L., cuyo centro de intereses
principales lo tiene en la calle José Luis Arrese, número 35, 5° B de Valladolid.
Segundo.- Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición
sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del
administrador concursal, mediante autorización.
Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para
que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus
créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley
Concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de 1
mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial
del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado
en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se
expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como
los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento,
características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio
especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales,
acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los
documentos relativos al crédito.
Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a
(artículo 184.3 Ley Concursal).
Valladolid, 31 de mayo de 2011.- La Secretaria Judicial.
cve: BOE-B-2011-20335
ID: A110049198-1
http://www.boe.es
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X