III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE FOMENTO. Encomienda de gestión. (BOE-A-2011-10499)
Resolución de 14 de junio de 2011, de la Subsecretaría, por la que se publica la encomienda de gestión a la Secretaría de Estado de Vivienda y Actuaciones Urbanas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143
Jueves 16 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 61860
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE FOMENTO
10499
Resolución de 14 de junio de 2011, de la Subsecretaría, por la que se publica
la encomienda de gestión a la Secretaría de Estado de Vivienda y Actuaciones
Urbanas.
Con fecha 9 de junio de 2011 se firmó el Acuerdo de Encomienda de Gestión entre la
Secretaria de Estado de Vivienda y Actuaciones Urbanas y el Subsecretario de Fomento
para la gestión de los servicios de atención e información al ciudadano en materia de
arquitectura, política de vivienda y políticas urbanas.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo común, se publica en el «Boletín Oficial del Estado» el presente acuerdo de
encomienda de gestión, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 14 de junio de 2011.–El Subsecretario de Fomento, Jesús Salvador Miranda
Hita.
ANEXO
El Real Decreto 1134/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio de Vivienda y se modifica el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril,
por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales,
establecía en su artículo 3.1.l) que corresponde a la Secretaría General Técnica del extinto
Ministerio de Vivienda «la información y asistencia al ciudadano, así como la tramitación y
propuesta de resolución de los escritos formulados al amparo del derecho de petición».
Como consecuencia de la reestructuración de los departamentos ministeriales llevada
a cabo mediante el Real Decreto 1313/2010, de 20 de octubre, se suprime el Ministerio de
Vivienda y se atribuyen al Ministerio de Fomento las competencias que anteriormente
correspondían al mismo, entre las que se encuentran las relativas a la información y
asistencia al ciudadano en las materias relativas a la arquitectura, política de vivienda y
políticas urbanas.
La nueva configuración competencial se ha llevado a cabo mediante la aprobación del
Real Decreto 30/2011, de 14 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio de Fomento, que deroga el Real Decreto 1134/2008, de 4 de julio y
establece en su artículo 19.1.k) que la Secretaría General Técnica del Ministerio de
Fomento ejerce las funciones de información y asistencia al ciudadano, asumiendo, por
tanto, las que anteriormente correspondían a la extinta Secretaría General Técnica del
Ministerio de Vivienda.
Sin embargo, dada la especialidad técnica de las materias relativas a la arquitectura,
la política de vivienda y las políticas urbanas, así como la existencia de un servicio
especializado de atención al ciudadano en relación con las mismas, resulta necesario
mantener la organización que en la actualidad presta este servicio en el ámbito de la
Secretaría de Estado de Vivienda y Actuaciones Urbanas. Por ello, con el objeto de
configurar la nueva estructura de los servicios de atención al ciudadano en el Ministerio de
Fomento de acuerdo con la normativa vigente, se precisa utilizar la figura de la encomienda
de gestión prevista en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen
jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común.
cve: BOE-A-2011-10499
Acuerdo de encomienda de Gestión entre la Secretaría de Estado de Vivienda y
Actuaciones Urbanas y la Subsecretaría de Fomento
Núm. 143
Jueves 16 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 61860
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE FOMENTO
10499
Resolución de 14 de junio de 2011, de la Subsecretaría, por la que se publica
la encomienda de gestión a la Secretaría de Estado de Vivienda y Actuaciones
Urbanas.
Con fecha 9 de junio de 2011 se firmó el Acuerdo de Encomienda de Gestión entre la
Secretaria de Estado de Vivienda y Actuaciones Urbanas y el Subsecretario de Fomento
para la gestión de los servicios de atención e información al ciudadano en materia de
arquitectura, política de vivienda y políticas urbanas.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo común, se publica en el «Boletín Oficial del Estado» el presente acuerdo de
encomienda de gestión, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 14 de junio de 2011.–El Subsecretario de Fomento, Jesús Salvador Miranda
Hita.
ANEXO
El Real Decreto 1134/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio de Vivienda y se modifica el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril,
por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales,
establecía en su artículo 3.1.l) que corresponde a la Secretaría General Técnica del extinto
Ministerio de Vivienda «la información y asistencia al ciudadano, así como la tramitación y
propuesta de resolución de los escritos formulados al amparo del derecho de petición».
Como consecuencia de la reestructuración de los departamentos ministeriales llevada
a cabo mediante el Real Decreto 1313/2010, de 20 de octubre, se suprime el Ministerio de
Vivienda y se atribuyen al Ministerio de Fomento las competencias que anteriormente
correspondían al mismo, entre las que se encuentran las relativas a la información y
asistencia al ciudadano en las materias relativas a la arquitectura, política de vivienda y
políticas urbanas.
La nueva configuración competencial se ha llevado a cabo mediante la aprobación del
Real Decreto 30/2011, de 14 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio de Fomento, que deroga el Real Decreto 1134/2008, de 4 de julio y
establece en su artículo 19.1.k) que la Secretaría General Técnica del Ministerio de
Fomento ejerce las funciones de información y asistencia al ciudadano, asumiendo, por
tanto, las que anteriormente correspondían a la extinta Secretaría General Técnica del
Ministerio de Vivienda.
Sin embargo, dada la especialidad técnica de las materias relativas a la arquitectura,
la política de vivienda y las políticas urbanas, así como la existencia de un servicio
especializado de atención al ciudadano en relación con las mismas, resulta necesario
mantener la organización que en la actualidad presta este servicio en el ámbito de la
Secretaría de Estado de Vivienda y Actuaciones Urbanas. Por ello, con el objeto de
configurar la nueva estructura de los servicios de atención al ciudadano en el Ministerio de
Fomento de acuerdo con la normativa vigente, se precisa utilizar la figura de la encomienda
de gestión prevista en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen
jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común.
cve: BOE-A-2011-10499
Acuerdo de encomienda de Gestión entre la Secretaría de Estado de Vivienda y
Actuaciones Urbanas y la Subsecretaría de Fomento