III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Indultos. (BOE-A-2011-10488)
Real Decreto 741/2011, de 20 de mayo, por el que se indulta a don Jaime Santirso Amador.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143
Jueves 16 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 61849
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
10488
Real Decreto 741/2011, de 20 de mayo, por el que se indulta a don Jaime
Santirso Amador.
Visto el expediente de indulto de don Jaime Santirso Amador, condenado por el
Juzgado de lo Penal número 19 de Barcelona, en sentencia de 3 de diciembre de 2003,
como autor de un delito continuado de falsedad de documentos mercantiles, en concurso
ideal con un delito continuado de estafa, a la pena de veintisiete meses de prisión e
inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena,
por hechos cometidos en el año 2001 en el que se han considerado los informes del
tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de mayo de 2011,
Vengo en conmutar a don Jaime Santirso Amador la pena privativa de libertad impuesta
por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en
el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 20 de mayo de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
cve: BOE-A-2011-10488
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
http://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 143
Jueves 16 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 61849
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
10488
Real Decreto 741/2011, de 20 de mayo, por el que se indulta a don Jaime
Santirso Amador.
Visto el expediente de indulto de don Jaime Santirso Amador, condenado por el
Juzgado de lo Penal número 19 de Barcelona, en sentencia de 3 de diciembre de 2003,
como autor de un delito continuado de falsedad de documentos mercantiles, en concurso
ideal con un delito continuado de estafa, a la pena de veintisiete meses de prisión e
inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena,
por hechos cometidos en el año 2001 en el que se han considerado los informes del
tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de mayo de 2011,
Vengo en conmutar a don Jaime Santirso Amador la pena privativa de libertad impuesta
por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en
el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 20 de mayo de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
cve: BOE-A-2011-10488
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
http://www.boe.es
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