IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2011-20317)
MADRID
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143
Jueves 16 de junio de 2011
Sec. IV. Pág. 67754
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
20317
MADRID
D. Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil
n.º 3 de Madrid, anuncia:
Primero.- Que en el procedimiento número 238/11, por auto de fecha 3 de junio
de 2011 se ha declarado en concurso voluntario abreviado a los deudores D.
Anselmo Peinado López con NIF 51866172-E, y D.ª M.ª Nieves Elvira Palacio, con
NIF 51699067N.
Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y
disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la
administración concursal.
Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de
la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los
datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal, en el plazo de un mes a
contar desde la publicación del edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Cuarto- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado
(artículo 184.3 Ley Concursal).
Madrid, 3 de junio de 2011.- El Secretario Judicial.
cve: BOE-B-2011-20317
ID: A110049181-1
http://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 143
Jueves 16 de junio de 2011
Sec. IV. Pág. 67754
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
20317
MADRID
D. Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil
n.º 3 de Madrid, anuncia:
Primero.- Que en el procedimiento número 238/11, por auto de fecha 3 de junio
de 2011 se ha declarado en concurso voluntario abreviado a los deudores D.
Anselmo Peinado López con NIF 51866172-E, y D.ª M.ª Nieves Elvira Palacio, con
NIF 51699067N.
Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y
disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la
administración concursal.
Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de
la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los
datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal, en el plazo de un mes a
contar desde la publicación del edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Cuarto- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado
(artículo 184.3 Ley Concursal).
Madrid, 3 de junio de 2011.- El Secretario Judicial.
cve: BOE-B-2011-20317
ID: A110049181-1
http://www.boe.es
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X