IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2011-20308)
GIJÓN
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143
Jueves 16 de junio de 2011
Sec. IV. Pág. 67745
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
20308
GIJÓN
Don Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Secretario Judicial del Juzgado de lo
Mercantil número 3 de Gijon, por el presente,
Hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº Sección I Declaración
Concurso 0000132/2011 se ha dictado a instancias de General de Juguetes, S.A.
en fecha 3 de junio de 2011 auto de declaración de concurso voluntario del deudor
General de Juguetes, S.A., CIF A33226622, cuyo centro de intereses principales lo
tiene en C/ Marie Curie, nº 37, Polígono Industrial Mora Garay, Tremañes, Gijón.
La declaración del presente concurso tiene la consideración de voluntario.
2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y
disposición que venía ejerciendo el deudor.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que
comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos
que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse ante el Decanato de los Juzgados de
Gijón, sito en la C/ Decano Prendes Pando, nº 1, 4ª planta, dirigida a este Juzgado
en el plazo de quince días a partir de la publicación de este edicto en el Boletín
Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro
interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y
en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor,
así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y
vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se
invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso,
los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas
del título o de los documentos relativos al crédito.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a
(artículo 184.3 Ley Concursal).
Gijón, 3 de junio de 2011.- El Secretario Judicial.
cve: BOE-B-2011-20308
ID: A110048855-1
http://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 143
Jueves 16 de junio de 2011
Sec. IV. Pág. 67745
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
20308
GIJÓN
Don Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Secretario Judicial del Juzgado de lo
Mercantil número 3 de Gijon, por el presente,
Hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº Sección I Declaración
Concurso 0000132/2011 se ha dictado a instancias de General de Juguetes, S.A.
en fecha 3 de junio de 2011 auto de declaración de concurso voluntario del deudor
General de Juguetes, S.A., CIF A33226622, cuyo centro de intereses principales lo
tiene en C/ Marie Curie, nº 37, Polígono Industrial Mora Garay, Tremañes, Gijón.
La declaración del presente concurso tiene la consideración de voluntario.
2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y
disposición que venía ejerciendo el deudor.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que
comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos
que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse ante el Decanato de los Juzgados de
Gijón, sito en la C/ Decano Prendes Pando, nº 1, 4ª planta, dirigida a este Juzgado
en el plazo de quince días a partir de la publicación de este edicto en el Boletín
Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro
interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y
en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor,
así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y
vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se
invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso,
los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas
del título o de los documentos relativos al crédito.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a
(artículo 184.3 Ley Concursal).
Gijón, 3 de junio de 2011.- El Secretario Judicial.
cve: BOE-B-2011-20308
ID: A110048855-1
http://www.boe.es
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