III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2011-10428)
Resolución de 27 de mayo de 2011, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se autoriza a Iberdrola Distribución Eléctrica, SAU, la línea eléctrica aérea a 132 kV, doble circuito, de entrada y salida en la nueva subestación de "Villanueva de la Torre" de la línea "Meco-Air Liquide-Guadalajara", en la provincia de Guadalajara y se declara, en concreto, la utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142

Miércoles 15 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 61559

Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:
1. Autorizar a «Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.», la línea eléctrica aérea a 132 kV,
doble circuito, de entrada y salida en la subestación de «Villanueva de la Torre» de la línea
«Meco-Air Liquide- Guadalajara», en la provincia de Guadalajara, cuyas características son:
Sistema: Corriente alterna trifásica.
Tensión nominal: 132 kV.
Frecuencia: 50 Hz.
Potencia máxima de transporte por circuito: 131,23 MVA.
Número de circuitos: Dos.
Número de conductores por fase: Uno (Simples)
Conductores: LA-280.
Apoyos: Metálicos de doble celosía.
Longitud: 275 m.
Términos municipales afectados: Azuqueca de Henares y Villanueva de la Torre, en la
provincia de Guadalajara.
La finalidad de la línea es reforzar la red de distribución de media tensión de la zona,
con el objetivo de dar respuesta a los crecimientos de demanda eléctrica en los municipios
de la zona, especialmente en Villanueva de la Torre, favoreciendo al mismo tiempo una
mejora general de la calidad del suministro ofrecido.
Esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que
sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera
otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables.
2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los
efectos previstos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario de
Estado de Energía, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.

cve: BOE-A-2011-10428

Madrid, 27 de mayo de 2011.–El Director General de Política Energética y Minas,
Antonio Hernández García.

http://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X