IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2011-20151)
MADRID
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142
Miércoles 15 de junio de 2011
Sec. IV. Pág. 67520
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
20151
MADRID
Doña María Jesús Palmero Sandin, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil
número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley
Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 966/2010, por auto de 27 de mayo de
2011, se ha declarado en concurso al deudor Arcosolar Energías Renovables, S.L.
(CIF B-84085372) con domicilio en la calle José Arcones Gil, número 78, local 6,
de Madrid.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición
de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración
concursal.
3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la
administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos
expresados en el artículo 85 de la LC.
4º.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la última
publicación de los anuncios, que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del
Estado con carácter gratuito, en el tablón de anuncios de este Juzgado, y en el
Registro Público Concursal, en su caso.
5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado
(artículo 184.3 LC).
Madrid, 27 de mayo de 2011.- La Secretaria Judicial.
cve: BOE-B-2011-20151
ID: A110048811-1
http://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 142
Miércoles 15 de junio de 2011
Sec. IV. Pág. 67520
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
20151
MADRID
Doña María Jesús Palmero Sandin, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil
número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley
Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 966/2010, por auto de 27 de mayo de
2011, se ha declarado en concurso al deudor Arcosolar Energías Renovables, S.L.
(CIF B-84085372) con domicilio en la calle José Arcones Gil, número 78, local 6,
de Madrid.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición
de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración
concursal.
3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la
administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos
expresados en el artículo 85 de la LC.
4º.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la última
publicación de los anuncios, que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del
Estado con carácter gratuito, en el tablón de anuncios de este Juzgado, y en el
Registro Público Concursal, en su caso.
5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado
(artículo 184.3 LC).
Madrid, 27 de mayo de 2011.- La Secretaria Judicial.
cve: BOE-B-2011-20151
ID: A110048811-1
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