V. Anuncios. - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones. OTROS PODERES ADJUDICADORES. (BOE-B-2011-20242)
Anuncio de la Notaría de doña María Luisa de la Calle González sobre subasta notarial de vivienda en Ávila.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142
Miércoles 15 de junio de 2011
Sec. V-A. Pág. 67650
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos
236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultar-se en la Notaría de
lunes a viernes de 9 a 13 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como
bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la
hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán
consignar, previamente a la subasta, en la Notaria una cantidad equivalente al 30
por 100 del tipo que corresponda en la 1.ª y 2.ª subasta y en la 3.ª un 20 por 100
del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán
hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del
depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del
acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá
hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Ávila, 8 de junio de 2011.- María Luisa de la Calle González, Notario de Ávila.
cve: BOE-B-2011-20242
ID: A110048743-1
http://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 142
Miércoles 15 de junio de 2011
Sec. V-A. Pág. 67650
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos
236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultar-se en la Notaría de
lunes a viernes de 9 a 13 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como
bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la
hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán
consignar, previamente a la subasta, en la Notaria una cantidad equivalente al 30
por 100 del tipo que corresponda en la 1.ª y 2.ª subasta y en la 3.ª un 20 por 100
del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán
hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del
depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del
acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá
hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Ávila, 8 de junio de 2011.- María Luisa de la Calle González, Notario de Ávila.
cve: BOE-B-2011-20242
ID: A110048743-1
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