III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2011-10335)
Resolución de 30 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de prórroga al Convenio marco con la Comunitat Valenciana para la implantación de una red de oficinas integradas de atención al ciudadano.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 14 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 61165
De otra parte, Hble. doña Paula Sánchez de León Guardiola, Consejera de Justicia y
Administraciones Públicas y Portavoz del Consell, nombrada por Decreto 27/2008, de 18
de septiembre, del President de la Generalitat, y Decreto 13/2009, de 27 de agosto, del
President de la Generalitat, por el que se nombran vicepresidentes, Consellers, Secretario
y portavoz del Consell, actuando en nombre y representación de ésta, de conformidad con
los artículos 17.f) y 28.g), de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y facultada
expresamente para la firma del presente Acuerdo de Prórroga de Convenio por acuerdo
del Consell, de fecha 25 de marzo de 2011.
EXPONEN
Primero.–Que con fecha 22 de mayo de 2007 se firmó un Convenio marco entre la
Administración General del Estado y la Administración de la Comunitat Valenciana para la
implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano en el ámbito
territorial de la Comunidad Valenciana, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» en 14
de junio de 2007 («BOE» n.º 142), y en el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana»
(n.º 5525) en 1 de junio de 2007.
Segundo.–Que en la cláusula novena de dicho Convenio, las partes firmantes acordaron
que surtiría efectos desde su publicación en el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana»
y que el plazo de vigencia del Convenio es de cuatro años contados desde la fecha de su
publicación en el mencionado diario, por ello su finalización es el 1 de junio de 2011,
pudiendo prorrogarse por otros cuatro años por acuerdo expreso de los intervinientes
adoptado antes del fin de su vigencia.
Tercero.–Que las obligaciones asumidas entre las Administraciones intervinientes y las
Entidades Locales adheridas a dicho Convenio, tal y como se establece en su cláusula
décima, se entienden vigentes desde su publicación en el «Diario Oficial de la Generalitat
Valenciana» hasta la fecha la extinción del Convenio marco, por el transcurso de los plazos
establecidos en el mismo.
Cuarto.–Que a fin de dar continuidad a la prestación de los servicios integrados de
información, orientación, atención y tramitación sobre determinados aspectos de la
actividad administrativa a través de las Oficinas Integradas de atención a la ciudadanía,
las Administraciones firmantes y las adheridas al mismo:
En consecuencia, las partes en este acto acuerdan la firma del presente Acuerdo de
Prórroga al Convenio descrito en el exponiendo primero, de conformidad a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.–Las partes firmantes acuerdan la prórroga del Convenio suscrito con fecha 22
de mayo de 2007, para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al
Ciudadano en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana, hasta el 1 de junio de 2015.
Por lo tanto, los efectos del presente Acuerdo, se extenderán desde el día 1 de junio
de 2011 hasta el 1 de junio de 2015.
Segunda.–Las Administraciones intervinientes y las adheridas al mencionado Convenio,
se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones precisas, dirigidas a dar
continuidad a la prestación de los servicios integrados, anteriormente citados en el apartado
cuarto de la parte expositiva y que constituyen el objeto del Convenio.
Tercera.–Las obligaciones asumidas entre las Administraciones firmantes y las
Entidades locales adheridas al Convenio marco y las que se adhieran por el procedimiento
establecido en la cláusula duodécima del mismo, se entenderán vigentes hasta la extinción
del Acuerdo de prórroga por el transcurso de los plazos o bien, por las causas previstas en
las cláusulas novena y décima del precitado Convenio marco.
Cuarta.–El mencionado Acuerdo de prórroga se publicará en el «Boletín Oficial del
Estado» y en el «Diario Oficial de la Comunitat Valenciana».
cve: BOE-A-2011-10335
Núm. 141
Martes 14 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 61165
De otra parte, Hble. doña Paula Sánchez de León Guardiola, Consejera de Justicia y
Administraciones Públicas y Portavoz del Consell, nombrada por Decreto 27/2008, de 18
de septiembre, del President de la Generalitat, y Decreto 13/2009, de 27 de agosto, del
President de la Generalitat, por el que se nombran vicepresidentes, Consellers, Secretario
y portavoz del Consell, actuando en nombre y representación de ésta, de conformidad con
los artículos 17.f) y 28.g), de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y facultada
expresamente para la firma del presente Acuerdo de Prórroga de Convenio por acuerdo
del Consell, de fecha 25 de marzo de 2011.
EXPONEN
Primero.–Que con fecha 22 de mayo de 2007 se firmó un Convenio marco entre la
Administración General del Estado y la Administración de la Comunitat Valenciana para la
implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano en el ámbito
territorial de la Comunidad Valenciana, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» en 14
de junio de 2007 («BOE» n.º 142), y en el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana»
(n.º 5525) en 1 de junio de 2007.
Segundo.–Que en la cláusula novena de dicho Convenio, las partes firmantes acordaron
que surtiría efectos desde su publicación en el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana»
y que el plazo de vigencia del Convenio es de cuatro años contados desde la fecha de su
publicación en el mencionado diario, por ello su finalización es el 1 de junio de 2011,
pudiendo prorrogarse por otros cuatro años por acuerdo expreso de los intervinientes
adoptado antes del fin de su vigencia.
Tercero.–Que las obligaciones asumidas entre las Administraciones intervinientes y las
Entidades Locales adheridas a dicho Convenio, tal y como se establece en su cláusula
décima, se entienden vigentes desde su publicación en el «Diario Oficial de la Generalitat
Valenciana» hasta la fecha la extinción del Convenio marco, por el transcurso de los plazos
establecidos en el mismo.
Cuarto.–Que a fin de dar continuidad a la prestación de los servicios integrados de
información, orientación, atención y tramitación sobre determinados aspectos de la
actividad administrativa a través de las Oficinas Integradas de atención a la ciudadanía,
las Administraciones firmantes y las adheridas al mismo:
En consecuencia, las partes en este acto acuerdan la firma del presente Acuerdo de
Prórroga al Convenio descrito en el exponiendo primero, de conformidad a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.–Las partes firmantes acuerdan la prórroga del Convenio suscrito con fecha 22
de mayo de 2007, para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al
Ciudadano en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana, hasta el 1 de junio de 2015.
Por lo tanto, los efectos del presente Acuerdo, se extenderán desde el día 1 de junio
de 2011 hasta el 1 de junio de 2015.
Segunda.–Las Administraciones intervinientes y las adheridas al mencionado Convenio,
se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones precisas, dirigidas a dar
continuidad a la prestación de los servicios integrados, anteriormente citados en el apartado
cuarto de la parte expositiva y que constituyen el objeto del Convenio.
Tercera.–Las obligaciones asumidas entre las Administraciones firmantes y las
Entidades locales adheridas al Convenio marco y las que se adhieran por el procedimiento
establecido en la cláusula duodécima del mismo, se entenderán vigentes hasta la extinción
del Acuerdo de prórroga por el transcurso de los plazos o bien, por las causas previstas en
las cláusulas novena y décima del precitado Convenio marco.
Cuarta.–El mencionado Acuerdo de prórroga se publicará en el «Boletín Oficial del
Estado» y en el «Diario Oficial de la Comunitat Valenciana».
cve: BOE-A-2011-10335
Núm. 141