II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2011-10315)
Resolución de 25 de mayo de 2011, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 14 de junio de 2011

Sec. II.B. Pág. 61085

Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de los trabajadores, en los términos en que ésta se halle
definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de
los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad
que vivan a sus expensas.
Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros
Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad
Europea y ratificados por España.
Los extranjeros residentes en España podrán acceder en igualdad de condiciones que
los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea como personal laboral al
servicio de las Administraciones Públicas, de acuerdo con los principios constitucionales
de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.
2.1.2 Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la
edad máxima de jubilación forzosa.
2.1.3 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.4 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios
de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de
funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del
personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación
de solicitudes.
2.2 Requisitos específicos.–Podrán presentarse a los concursos de acceso quienes
hayan sido acreditados o acreditadas de acuerdo con lo establecido en los artículos 12º
y 13º y Disposiciones Adicionales Primera, Segunda, Tercera y Cuarta del Real Decreto
1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso
a los Cuerpos Docentes Universitarios.
Asimismo, podrán presentarse a los concursos de acceso quienes resultaran habilitados
o habilitadas conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el
que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios
Docentes Universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos. A su vez se
entenderá que los habilitados y habilitadas para Catedrático o Catedrática de Escuela
Universitaria lo están para Profesor o Profesora Titular de Universidad.
Igualmente, puede participar el funcionario del Cuerpo correspondiente o de un Cuerpo
Docente Universitario de igual o superior categoría, en cuyo caso, es necesario que hayan
transcurrido como mínimo dos años desde que haya obtenido una plaza mediante concurso
de acceso en otra Universidad, de conformidad con el artículo 9º.4 del Real Decreto
1313/2007, de 5 de octubre.
2.3 En el caso de los nacionales de otros Estados, si en el proceso selectivo no
resultara acreditado el conocimiento del castellano, deberán acreditar el conocimiento del
mismo mediante la realización de una prueba en la que se comprobará que poseen un
nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.
Quedan eximidos de realizar la prueba quienes estén en posesión del diploma de
español como lengua extranjera (nivel superior) regulado por el Real Decreto 1137/2002
de 31 de octubre, o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedidos por
las Escuelas Oficiales de Idiomas. A tal efecto deberán aportar junto a la solicitud fotocopia
compulsada de dicho diploma o del mencionado certificado de aptitud.
2.4 Los requisitos establecidos en las presentes bases deberán cumplirse dentro del
plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión como funcionario de carrera.

cve: BOE-A-2011-10315

Núm. 141