III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO. Dominio público radioeléctrico. (BOE-A-2011-10328)
Orden ITC/1611/2011, de 9 de junio, por la que se resuelve el otorgamiento de tres concesiones de uso privativo de dominio público radioeléctrico en la banda de 1800 MHz.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141
Martes 14 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 61147
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
Orden ITC/1611/2011, de 9 de junio, por la que se resuelve el otorgamiento de
tres concesiones de uso privativo de dominio público radioeléctrico en la banda
de 1800 MHz.
La Orden ITC/888/2011, de 11 de abril, ha aprobado el pliego de cláusulas administrativas
particulares y de prescripciones técnicas para el otorgamiento por concurso de las tres
concesiones de uso privativo de dominio público radioeléctrico en la banda de 1800 MHz
a las que se refiere el apartado 5 del artículo 5 del Real Decreto 458/2011, de 1 de abril,
sobre actuaciones en materia de espectro radioeléctrico para el desarrollo de la sociedad
digital, y ha convocado el correspondiente concurso público.
De acuerdo con la cláusula 3 del pliego de cláusulas administrativas y de prescripciones
técnicas aprobado por la mencionada Orden ITC/888/2011, de 11 de abril, el plazo de
presentación de solicitudes finalizó el día 13 de mayo de 2011, a las 13 horas. A la
finalización del mencionado plazo se había recibido documentación de un único licitador:
«Xfera Móviles, S.A.», el cual solicita el otorgamiento de las tres concesiones demaniales
licitadas en el concurso.
La Mesa de Contratación, constituida de conformidad con lo dispuesto en el pliego de
cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas por el que se rige el
concurso, ha examinado la oferta presentada y admitida al concurso, ha evaluado la oferta
conforme al procedimiento de evaluación establecido en la cláusula 13 del pliego y ha
aprobado el informe técnico de valoración de la misma.
Una vez concluido el trabajo de evaluación, la Mesa de Contratación elevó al Ministro
de Industria, Turismo y Comercio, la propuesta de requerir a la sociedad «Xfera Móviles, S.A.»,
para que presente la documentación a la que se refiere la cláusula 14 del pliego aprobado
por Orden ITC/888/2011, de 11 de abril, para cada una de las tres concesiones demaniales
solicitadas. Dicho requerimiento se produjo mediante Orden del Ministro de Industria,
Turismo y Comercio de 27 de mayo de 2011.
Una vez aportada, para cada una de las concesiones demaniales solicitadas, la
documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos exigidos, la Mesa de
Contratación ha elevado, para cada una de las concesiones demaniales licitadas, la
correspondiente propuesta de adjudicación.
El otorgamiento de las concesiones demaniales mencionadas pretende contribuir a
cumplir los objetivos y principios que inspiran el Real Decreto 458/2011, de 1 de abril, en
especial, los relativos a incrementar la competencia en el mercado de las comunicaciones
móviles, promover la realización de inversiones en infraestructuras, impulsar la mayor
extensión de la cobertura de los servicios de comunicaciones electrónicas, generalizar la
aplicación de los principios de neutralidad tecnológica y de los servicios en el uso del
espectro radioeléctrico y, en definitiva, impulsar el desarrollo de la Sociedad Digital.
La cláusula 14 del pliego dispone que la adjudicación de las concesiones demaniales,
que deberá ser motivada, se acordará por el Ministro de Industria, Turismo y Comercio
mediante orden dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la documentación
a la que se refiere la propia cláusula 14, que deberá notificarse a los candidatos o licitadores
y publicarse en el perfil de contratante del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Además, de acuerdo con la cláusula 15, la orden del Ministro de Industria, Turismo y
Comercio, por la que se acuerde la adjudicación de las concesiones demaniales licitadas
se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
En su virtud, en uso de la facultad atribuida por la cláusula 14 del pliego aprobado por
Orden ITC/888/2011, de 11 de abril, al Ministro de Industria, Turismo y Comercio, y de
cve: BOE-A-2011-10328
10328
Núm. 141
Martes 14 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 61147
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
Orden ITC/1611/2011, de 9 de junio, por la que se resuelve el otorgamiento de
tres concesiones de uso privativo de dominio público radioeléctrico en la banda
de 1800 MHz.
La Orden ITC/888/2011, de 11 de abril, ha aprobado el pliego de cláusulas administrativas
particulares y de prescripciones técnicas para el otorgamiento por concurso de las tres
concesiones de uso privativo de dominio público radioeléctrico en la banda de 1800 MHz
a las que se refiere el apartado 5 del artículo 5 del Real Decreto 458/2011, de 1 de abril,
sobre actuaciones en materia de espectro radioeléctrico para el desarrollo de la sociedad
digital, y ha convocado el correspondiente concurso público.
De acuerdo con la cláusula 3 del pliego de cláusulas administrativas y de prescripciones
técnicas aprobado por la mencionada Orden ITC/888/2011, de 11 de abril, el plazo de
presentación de solicitudes finalizó el día 13 de mayo de 2011, a las 13 horas. A la
finalización del mencionado plazo se había recibido documentación de un único licitador:
«Xfera Móviles, S.A.», el cual solicita el otorgamiento de las tres concesiones demaniales
licitadas en el concurso.
La Mesa de Contratación, constituida de conformidad con lo dispuesto en el pliego de
cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas por el que se rige el
concurso, ha examinado la oferta presentada y admitida al concurso, ha evaluado la oferta
conforme al procedimiento de evaluación establecido en la cláusula 13 del pliego y ha
aprobado el informe técnico de valoración de la misma.
Una vez concluido el trabajo de evaluación, la Mesa de Contratación elevó al Ministro
de Industria, Turismo y Comercio, la propuesta de requerir a la sociedad «Xfera Móviles, S.A.»,
para que presente la documentación a la que se refiere la cláusula 14 del pliego aprobado
por Orden ITC/888/2011, de 11 de abril, para cada una de las tres concesiones demaniales
solicitadas. Dicho requerimiento se produjo mediante Orden del Ministro de Industria,
Turismo y Comercio de 27 de mayo de 2011.
Una vez aportada, para cada una de las concesiones demaniales solicitadas, la
documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos exigidos, la Mesa de
Contratación ha elevado, para cada una de las concesiones demaniales licitadas, la
correspondiente propuesta de adjudicación.
El otorgamiento de las concesiones demaniales mencionadas pretende contribuir a
cumplir los objetivos y principios que inspiran el Real Decreto 458/2011, de 1 de abril, en
especial, los relativos a incrementar la competencia en el mercado de las comunicaciones
móviles, promover la realización de inversiones en infraestructuras, impulsar la mayor
extensión de la cobertura de los servicios de comunicaciones electrónicas, generalizar la
aplicación de los principios de neutralidad tecnológica y de los servicios en el uso del
espectro radioeléctrico y, en definitiva, impulsar el desarrollo de la Sociedad Digital.
La cláusula 14 del pliego dispone que la adjudicación de las concesiones demaniales,
que deberá ser motivada, se acordará por el Ministro de Industria, Turismo y Comercio
mediante orden dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la documentación
a la que se refiere la propia cláusula 14, que deberá notificarse a los candidatos o licitadores
y publicarse en el perfil de contratante del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Además, de acuerdo con la cláusula 15, la orden del Ministro de Industria, Turismo y
Comercio, por la que se acuerde la adjudicación de las concesiones demaniales licitadas
se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
En su virtud, en uso de la facultad atribuida por la cláusula 14 del pliego aprobado por
Orden ITC/888/2011, de 11 de abril, al Ministro de Industria, Turismo y Comercio, y de
cve: BOE-A-2011-10328
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